Los vecinos de Baleares podrán vetar el alquiler a turistas en sus edificios
Las comunidades de vecinos de Baleares podrán vetar el alquiler a turistas de pisos en sus edificios aunque estén en[…]
Las comunidades de vecinos de Baleares podrán vetar el alquiler a turistas de pisos en sus edificios aunque estén en zonas donde se permita el arrendamiento vacacional en inmuebles plurifamiliares, según el proyecto de reforma de la Ley de Turismo aprobado hoy por el Govern, que tramitará de urgencia el Parlament.
Según ha informado el conseller de Turismo, Biel Barceló, el proyecto mantiene que, salvo que se recoja la autorización expresamente en los estatutos de la comunidad, será potestad de la asamblea de vecinos aprobar por mayoría si se pueden alquilar viviendas a turistas en sus edificios.
Esta opción se plantea solo en los casos de zonas en las que los consells insulars y los ayuntamientos autoricen el alquiler vacacional en viviendas plurifamiliares, puesto que corresponde a esas administraciones el desarrollo de la norma en función de las peculiaridades territoriales.
Con la excepción del Ayuntamiento de Palma, que será autónomo, los consells insulars dictarán unas directrices que aprobarán una vez analizados los informes de cada ayuntamiento. Estos informes municipales solo serán vinculantes en caso de que su propuesta sea más restrictiva que la de la administración insular, ha detallado Barceló.
El conseller ha incidido en que el proyecto establece que será considerado alquiler turístico cualquiera con menos de un mes de duración con el propósito de salvar el vacío que genera la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que permite alquileres de cualquier duración y deja en manos de las comunidades autónomas la regulación de los arrendamientos vacacionales.
La ley balear determinará que son vacacionales aquellos que se comercialicen por canales dirigidos a turistas (como las plataformas de internet) y que, siendo por menos de un mes, no justifiquen su exención con un contrato y un depósito equivalente a la renta de dos meses, como establece la LAU.
Una de las modificaciones incluidas en el texto es rebajar de 10 a 5 el tiempo mínimo de antigüedad del inmueble que se destina a alquiler vacacional, una modalidad de explotación que deberá estar declarada en un registro específico y cuyos clientes tendrán que pagar la ecotasa, igual que los que se alojan en hoteles.
Las plataformas web solo podrán comercializar las viviendas dadas de alta, una exigencia cuyo incumplimiento será considerado una falta grave y sancionado en el marco de un régimen que prevé, por esa y otras infracciones, multas de entre 20.000 y 40.000 euros.
Las viviendas que se alquilen a turistas deberán cumplir con todos los requisitos legales propios de cualquier residencia y además disponer de herramientas de eficiencia energética y control del uso de recursos como contadores individuales de electricidad y agua. Los ayuntamientos podrán imponer tasas diferenciadas por el consumo de agua a los explotadores de esas casas.
La futura ley contempla que, para promover el respeto entre residentes y turistas, los arrendatarios tendrán que ser informados de las normas básicas de convivencia de cada comunidad y comprometerse a respetarlas.
Ha considerado que la nueva regulación es una "solución equilibrada" en un contexto de aumento incontrolado de la oferta de alquiler vacacional que presiona al alza sobre el precio de la vivienda, la explotación de los recursos naturales y las infraestructuras de las islas.
La Asociación de Apartamentos y Viviendas de Alquiler de Temporada (Aptur) ha criticado el proyecto de ley por considerar que con esta "plantea una moratoria encubierta" del arrendamiento vacacional al mantener la prohibición general hasta que los consells aprueben su zonificación y porque "deja fuera a más del 80 % de la oferta actual".
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