Declaración de la renta: qué pasa si acepté o no el bono de fidelización del Santander
2017 nos ha dejado la quiebra de Banco Popular y su compra simbólica por el Santander por un euro. Accionistas[…]
2017 nos ha dejado la quiebra de Banco Popular y su compra simbólica por el Santander por un euro. Accionistas y bonistas fueron de los más perjudicados y ahora en la declaración de la renta deberán reflejarlo. Hay dos casos, los que aceptaron el bono de fidelización de Santander y los que no.
Si era titular de Obligaciones Subordinadas del Banco Popular y aceptó la oferta del Banco Santander, el valor razonable de los Bonos de Fidelización entregados se considerará rendimiento del capital
mobiliario en especie a integrar en la base imponible del ahorro y será susceptible de compensación con los rendimientos del capital mobiliario negativos que hubiera obtenido el titular, entre otros, con el generado en el canje de las Obligaciones Subordinadas del Banco Popular por Acciones del Banco Popular para su inmediata amortización.
Para los titulares de Acciones del Banco Popular, el valor razonable de los valores recibidos se considerará ganancia patrimonial a integrar en la base imponible del ahorro. Esta ganancia se podrá compensar con las pérdidas patrimoniales derivadas de la titularidad de acciones del Banco Popular.
En caso de que en ninguno de los anteriores supuestos, aceptase la entrega del bono de filidezación las pérdidas de las acciones y bonos subordinadas se podrán compensar, primero, con otros rendimientos positivos del capital mobiliario y, después, con ganancias patrimoniales.