Audiencia de Madrid rechaza que BlaBlaCar incurriera en competencia desleal
La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la actividad de BlaBlaCar después de rechazar el recurso interpuesto por la Confederación[…]
La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la actividad de BlaBlaCar después de rechazar el recurso interpuesto por la Confederación de Transporte por Autobús (Confebús) contra la sentencia, dictada hace dos años, que absolvió a la plataforma de una presunta competencia desleal.
En el fallo, al que ha tenido acceso Efe, define a la empresa como una red social dedicada al "uso compartido de vehículos" ya que "no controla los aspectos esenciales de la actividad desarrollada por los usuarios", y destaca que incluso "establece medidas para evitar que sea utilizada con otros fines distintos a su mera función".
De este modo, ratifica la decisión del juzgado de lo Mercantil número 2 de la capital, para el que "salvo desviaciones excepcionales", BlaBlaCar sólo pone en contacto a particulares "con más o menos requisitos, con un control de pagos, con una crítica de las personas intervinientes sobre retrasos y sobre la calidad de otros servicios", lo que no entra en competencia con el sector.
Argumentos con los que contradecía a la patronal, que en mayo de 2015 inició acciones legales contra Comuto S.A y Comuto Iberia S.L, sociedades que operan bajo la citada marca y a las que acusaba de actuar como intermediarias de un servicio de transporte profesional sin licencia que habría contribuido a la caída del tráfico en autobús, estimada en un 20 %.