Supremo desestima recursos de cooperativas y AESAE contra norma de seguridad

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos que las cooperativas agroalimentarias de España y la Asociación de Estaciones de[…]

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos que las cooperativas agroalimentarias de España y la Asociación de Estaciones de Servicio Automáticas (AESAE) habían interpuesto contra la instrucción ITC-04, de seguridad industrial en instalaciones de suministro de carburante al por menor.

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) ha dado a conocer este miércoles estas sentencias sobre el recurso que las entidades mencionadas presentaron contra el artículo de la norma que limita el repostaje en régimen desatendido a 75 litros y tres minutos.

El Supremo ha mantenido la prohibición de repostar en instalaciones desatendidas más de esa cantidad de litro y 180 segundos.

Las cooperativas también pedían en su recurso anular la prohibición de suministrar en envases más de 60 litros de gasolina o 240 de gasóleo, una petición que también ha sido desestimada, al decidir el Supremo mantener esos límites para preservar la seguridad tanto en el suministro como en el transporte de recipientes.

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