La cuota de los autónomos subirá 64 euros en 2019
El departamento que dirige Magdalena Valerio cede y los autónomos ganan. La base mínima de cotización de este colectivo subirá[…]
El departamento que dirige Magdalena Valerio cede y los autónomos ganan. La base mínima de cotización de este colectivo subirá solo un 1,25%, tal y como reclamaba la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), lo que afectará a 1,7 millones de trabajadores por cuenta propia y a otros 450.000 autónomos societarios. El acuerdo entre la Seguridad Social, ATA y UPTA supone que las cotizaciones de colectivo subirán 5 euros al mes, pero traerá consigo mayor y mejor protección.
El tipo de cotización, en el 30%
Así, la base mínima subirá el año que viene desde los 932,7 euros actuales a los 944,3 euros mensuales y el tipo de cotización se incrementará en 0,2 puntos, pasando del 29,8% al 30%, un porcentaje que subirá al 30,3% en 2020, al 30,6% en 2021 y al 30,9% en el cuarto año. Además, se aplicará el tipo sobre las contingencias señaladas, que será el 0,6% en las profesionales; el 1% para el cese de actividad y el 0,1% en formación.
Tras el alza, la cuota de los autónomos subirá a 63 euros al año en lugar de los 260 que proponía el Gobierno para personas físicas al pedir ligarlo con el IPC. En el caso de los societarios el alza será de 82 euros. Este incremento está en la línea de los últimos años y de hecho se encuentra por debajo de la media que ha escalado cada ejercicio en los últimos quince años, un 1,4%, si bien en términos acumulados el aumento llega al 21,1%.
Mejores prestaciones
El acuerdo entre la Seguridad Social y los autónomos implica:
?Derecho a paro: se mejora su acceso, flexibilizan las condiciones y amplía la duración de la prestación.
?Los autónomos tendrán derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.
?Todos los autónomos tendrán derecho a acceder a la formación continua y reciclaje profesional.
?Los autónomos no pagarán la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta.
?Las autónomas, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, podrán obtener una tarifa plana de 60? durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en su actividad.
?Se mantienen tras los 12 primeros meses las bonificaciones posteriores actuales de la tarifa plana. Los beneficiarios de la tarifa plana tendrán acceso a los mismos derechos y prestaciones.
