El BOC publica las ayudas a inversiones de las Cofradías de Pescadores
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy la orden de la Consejería de Pesca que establece las bases reguladoras[…]
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy la orden de la Consejería de Pesca que establece las bases reguladoras de las ayudas a inversiones realizadas por Cofradías de Pescadores de Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020.
Las ayudas no podrán superar los 200.000 euros por convocatoria, y no excederán el 50 por ciento de los gastos subvencionables, mientras que el resto de la financiación correrá a cargo del beneficiario, según ha informado el Gobierno de Cantabria en un comunicado.
Se podrán acoger a estas ayudas las inversiones que mejoren las infraestructuras de los puertos pesqueros, las lonjas, los lugares de desembarque y los fondeaderos, incluidas las inversiones en instalaciones de recogida de residuos y desechos marinos.
Tendrán que estar dirigidas a mejorar la calidad e incrementar el control y la trazabilidad de los productos desembarcados, aumentar la eficiencia energética, contribuir a la protección del medio ambiente, y mejorar la seguridad y las condiciones de trabajo.
También serán subvencionables las inversiones en puertos pesqueros, lonjas, lugares de desembarque y fondeaderos, destinadas a facilitar el cumplimiento de la obligación de desembarque de las capturas, así como a aumentar el valor de los componentes infrautilizados de la captura.
Con la presente orden se pretende fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento.
Las operaciones previstas podrán ser cofinanciadas hasta un 50 por ciento por la Unión Europea (UE) con recursos del FEMP, a través del Programa Operativo FEMP 2014-2020 de Cantabria.
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias aquellas Cofradías de Pescadores de Cantabria legalmente constituidas que soliciten estas ayudas y cumplan con las condiciones y obligaciones previstas en la ley.
Cuando el gasto subvencionable supere los 50.000 euros, por coste por ejecución de obra, o los 18.000 euros, para suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, se deberán presentar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, solicitadas con carácter previo a la contracción.
Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de un mes a contar mañana, miércoles.
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