Quantum afirma Estudio de Impacto Ambiental se ha presentado dentro del plazo

La empresa Quantum Minería ha asegurado que ha entregado el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Matamulas, que afecta a[…]

La empresa Quantum Minería ha asegurado que ha entregado el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Matamulas, que afecta a las localidades ciudadrealeñas de Torre de Juan Abad y Torrenueva, dentro del plazo estipulado.

Con esta afirmación, la mercantil ha respondido a la Plataforma 'Si a la Tierra Viva', que ha pedido que no admita el documento que se presentó ayer lunes por haberse entregado "extemporáneamente", además de remitir por la vía urgente a la Oficina del Defensor del Pueblo el informe para que proceda al "control de su legalidad".

En un comunicado, Quantum ha aclarado que el documento de alcance redactado por la dirección provincial de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Ciudad Real se recibió el 18 de noviembre de 2016 y en el mismo se estableció que "el estudio de impacto ambiental deberá ser presentado en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación".

El cómputo de plazos administrativos se regula en el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, en el que se recoge que "siempre que no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos" y que "cuando los plazos se señalen por días naturales, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones".

Asimismo, ha precisado que "si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán de fecha a fecha. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquél en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes" y ha añadido que "cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente".

Entre otros aspectos, también ha especificado que "cuando un día fuese hábil en el municipio o comunidad autónoma en que residiese el interesado e inhábil en la sede del órgano administrativo o a la inversa se considerará inhábil en todo caso".

La literalidad del texto de la normativa, a juicio de Quantum, "no requiere interpretación" y ha subrayado que si el día siguiente a la notificación del documento de alcance fue el 19 de noviembre de 2016 "el plazo de tres meses vencía el 19 de febrero de 2017, que fue domingo".

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