Publican bases Orden subvenciones para paralización temporal actividad pesca

La Consejería de Agricultura y Pesca ha publicado hoy en el BOJA las bases reguladoras de la Orden de subvenciones[…]

La Consejería de Agricultura y Pesca ha publicado hoy en el BOJA las bases reguladoras de la Orden de subvenciones a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) 2014-2020.

El documento define el modelo de gestión, los requisitos que deben cumplir armadores y tripulantes, los criterios de valoración, así como los documentos que deban presentar los solicitantes en el caso de que sea necesario, según informa un comunicado de la Junta.

La Administración andaluza podrá realizar los trámites necesarios para abrir la convocatoria de ayudas una vez que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) transfiera los fondos (3,05 millones de euros, 50 % de fondos FEMP y 50 % de cofinanciación del Magrama).

Hasta el momento, la flota que se ha visto afectada por el retraso del Gobierno central, según la Junta, es la de arrastre del Mediterráneo, con 82 barcos y 410 tripulantes, que realizó su paro biológico en el mes de abril.

Con el objetivo de que estos barcos puedan beneficiarse de dichos incentivos, la Junta ha incluido en las bases reguladoras una disposición adicional que especifica que también se podrán conceder estas ayudas a paradas temporales que se hayan efectuado con anterioridad a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOJA, como es el caso de los arrastreros del Mediterráneo.

También se beneficiarán de estas ayudas 71 barcos y 497 tripulantes de cerco del Mediterráneo, con un paro previsto en el mes de diciembre, así como 132 barcos y 660 tripulantes de arrastre del Golfo de Cádiz, cuyo paro será durante septiembre-octubre, y 83 barcos y 830 tripulantes de la flota del cerco del Golfo de Cádiz, con parada en diciembre.

Según las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, entre los requisitos que deben reunir quienes soliciten estas ayudas destacan que el buque esté en situación de alta en el Registro General del Flota Pesquera y en activo, que tenga licencia de pesca y que haya llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Asimismo, durante el periodo de paralización, la inactividad pesquera debe ser total y el barco debe permanecer amarrado a puerto.

La mayor parte de la documentación que se requiere a los solicitantes será mediante certificación aportada por la Secretaría General de Pesca a solicitud del órgano instructor, en este caso la Consejería, con el objetivo de agilizar y facilitar esta labor a los afectados.

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