No cobrará pensión de viudedad porque su esposa estaba en deuda con S. Social

Un hombre que solicitó la pensión de viudedad al morir su esposa en 2013 no ha visto atendida su petición[…]

Un hombre que solicitó la pensión de viudedad al morir su esposa en 2013 no ha visto atendida su petición al comprobarse que esta no había cotizado el número de días necesario para ello ni estaba al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad Social.

Así lo recoge una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM), que confirma la dictada por un juzgado que rechazó la demanda y absolvió al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Según la resolución del TSJRM, ese organismo denegó la pensión por los motivos expuestos, a los que añadió que en la fecha de su fallecimiento la mujer no estaba en situación de alta o asimilada, por lo que no se cumplían los requisitos exigidos por la ley para concederla.

Al desestimar la apelación, la sala señala que la legislación exige el cumplimiento de ciertos requisitos, cuyo respeto supone además la garantía de la seguridad jurídica y del principio de igualdad.

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