Anulan la sentencia que respaldó el despido de un trabajador por un altercado

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha revocado la sentencia[…]

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha revocado la sentencia del juzgado de lo social número 8 de esta ciudad que declaró procedente el despido de un trabajador del servicio de limpieza por unos incidentes ocurridos en una calle de Archena y que fueron grabados por un vecino.

Frente a lo sostenido por el juzgado de lo social, que consideró que los hechos que se atribuían al trabajador en la carta de despido tenían gravedad suficiente para justificar el cese de la relación laboral, la Sala señala que el empresario recogió generalidades, sin precisar con detalle cada una de las imputaciones.

La sentencia que ahora se deja sin efecto por decisión de la Sala, que tiene como ponente al magistrado José Luis Alonso, declaró como probado que este trabajador de la empresa "B., S.L." fue captado por un vecino de Archena durante unos incidentes ocurridos en plena calle en mayo de 2015.

Según la carta de despido, en el mismo se veía discutir a voces a los integrantes de dos equipos de limpieza a la una de la madrugada, por lo que la empresa decidió convocarles a todos para tratar sobre lo ocurrido, pero el demandante fue el único que no acudió a la cita.

El despido se basaba también en las malas relaciones de este con otros compañeros y en otros hechos, como salirse de la ruta prevista y tomar una rotonda en sentido contrario, además de indicarle que por su irritabilidad ningún otro compañero quería trabajar con él.

Ahora, el TSJ ha revocado la sentencia que declaró procedente el despido y la ha sustituido por otra en la que considera que el cese de la relación laboral fue improcedente, por lo que la empresa deberá readmitirle o pagarle una indemnización cercana a los catorce mil euros.

El tribunal, al estimar la apelación presentada por el despedido, dice que lo hace porque este tiene derecho a que en la carta de despido se determinen los hechos que se le atribuyen "de manera suficientemente concreta", lo que considera que no ocurre en este caso.

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