El Tribunal de Cuentas pide al Banco de España ceder más inspectores al BCE

El Tribunal de Cuentas ha pedido hoy al Banco de España que aporte personal de la entidad a los equipos[…]

El Tribunal de Cuentas ha pedido hoy al Banco de España que aporte personal de la entidad a los equipos de inspección que tiene que formar junto con el Banco Central Europeo (BCE), para lo que debe concretar los perfiles profesionales que necesita y establecer planes de formación.

Esta es una de las principales conclusiones del Informe de Fiscalización de la actividad del Banco de España, relativo a 2015, que recuerda que tras la entrada en vigor del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) el BCE supervisa a las grandes entidades financieras y la institución española vigila a las de menor tamaño.

El Banco de España se ocupa, asimismo de supervisar el funcionamiento de otras entidades, como los establecimientos financieros de crédito (EFI), sociedades de garantía recíproca, de tasación o entidades de pago, entre otras.

En cuanto a la supervisión de los 14 grupos de entidades significativas españolas, que llevaron a cabo equipos dirigidos por el BCE con la participación de personal del Banco de España, el informe detecta "dificultades de organización y funcionamiento" para el personal del Banco de España, por la "doble dependencia jerárquica", por un lado con el BCE a través del coordinador del equipo y por otro, con sus superiores en el propio Banco de España.

Esta fue la única pega, pues el informe no ve ninguna otra incidencia en la actuación del Banco de España "ni en los supuestos en los que debió remitir información al BCE, ni en la tramitación de los procedimientos administrativos comunes relativos a estas entidades".

En cuanto a la supervisión de las entidades menos significativas y las que no son bancos, que el Banco de España supervisa directamente, el informe asegura que la entidad española cumplió adecuadamente con la planificación prevista.

El informe destaca las "deficiencias en la metodología que el Banco de España empleó para el seguimiento posterior del cumplimiento de los requerimientos y recomendaciones" a las entidades, que no incluía un calendario de aplicación.

Se queja también de "falta de homogeneidad y diferencias en el grado y detalle de la información incorporada a los informes de autoevaluación de capital que deben realizar todas las entidades", aunque asegura que todas cumplieron con los requisitos de capital.

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Asimismo, el Tribunal recomienda al Banco de España que insista a las entidades financieras bajo su supervisión para que mejoren los procedimientos que emplean para evaluar la idoneidad de sus altos cargos, mejorando entre otras cosas las herramientas que utiliza para esto último y para supervisar la conducta de las entidades.

En concreto, se queja de que las entidades aprobaron los nombramientos de sus candidatos y después los remitieron al Banco de España para el reconocimiento de su idoneidad y la inscripción en el Registro de Altos Cargos.

"Las entidades deben inscribir los nombramientos en un plazo máximo de 15 días desde la aceptación del cargo y los nombrados no pueden ejercer sus funciones hasta que se produzca la inscripción", extremo este último que no se comprobó.

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En cuanto a la supervisión de la conducta de las entidades y la protección de su clientela, el informe destaca que el programa de supervisión, que se estrenó en 2015, no se ejecutó suficientemente, ya que el Banco de España tuvo que asignar recursos a actividades que no había planificado, como consecuencia de reclamaciones y denuncias de clientes de entidades.

El informe señala el endurecimiento del nuevo régimen sancionador del sector financiero, aunque lamenta que no se adapta adecuadamente a las singularidades de las entidades distintas a las de crédito que supervisa el Banco de España, que podrían ver en peligro su viabilidad económica por las nuevas exigencias.

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