Cláusulas suelo: la regularización se hará en el IRPF

No hará falta presentar una autoliquidación complementaria, basta con regularizar la devolución en el IRPF. Los ingresos obtenidos por la devolución de lo pagado de más no se sumarán a la base imponible del IRPF, como tampoco lo harán los intereses indemnizatorios que puedan obtenerse.