Le deniegan incapacidad porque su asma no procede del trabajo

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso[…]

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un trabajador de una empresa agrícola de Aguilas que reclamó la incapacidad permanente total para su labor habitual al considerar que la bronquitis asmática que padece constituye una enfermedad profesional.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social, que rechazó la demanda de este peón agrícola y absolvió a la empresa, a una mutua y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El Juzgado declaró probado que el demandante prestó sus servicios para la empresa, que cuenta en sus instalaciones con invernaderos donde se utilizan productos fitosanitarios.

Pero añadía que el demandante no había tenido contacto con esos productos o con artículos químicos, por lo que el asma que le fue diagnosticada fue considerada derivada de enfermedad común.

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Al desestimar la apelación, la Sala dice que el Juzgado que estudió el caso en primera instancia descartó que se esté ante una enfermedad profesional porque el trabajador no estuvo en contacto con sustancias que pudieran provocar el asma.

Y añade que lo hace porque "no existen pruebas específicas de sensibilización a los productos que se encuentran en su entorno laboral, no siendo suficiente al efecto que el trabajador refiera a los médicos que le atienden que la insuficiencia respiratoria se manifiesta cuando trabaja".

El TSJ que esa afirmación es cuestionable, "porque la última y más grave crisis respiratoria se produjo cuando no estaba trabajando".

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