Declaran improcedente despido soldador al no probarse un trabajo defectuoso

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso[…]

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que una empresa de fabricación de extintores presentó contra la sentencia de un Juzgado que declaró improcedente el despido de un soldador al no probarse que causara fallos en los aparatos por una deficiente actuación en su labor.

La sentencia del Juzgado al que correspondió el asunto en primera instancia declaró probado que la empresa, al comunicarle el cese de la relación laboral, le indicó que lo hacía por la comisión de una falta grave de desobediencia a las órdenes de sus superiores.

Además, la misiva recogía que habían recibido quejas de algunos clientes, que habían observado defectos en algunos extintores.

El juez estimó la demanda presentada por el trabajador, declaró improcedente el despido y condenó a la empresa a su readmisión o a pagarle una indemnización de 15.130 euros.

Ahora, la Sala de lo Social del TSJ ha confirmado esa sentencia, ya que, comenta, la imputaciones atribuidas al trabajador no han quedado probadas.

Y añade que "la empresa no ha logrado acreditar que los extintores defectuosos hubieran sido soldados por el demandante".

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