TS exime de informar por escrito de deseo de subrogar alquiler renta antigua

El Tribunal Supremo ha decidido flexibilizar los requisitos para los que quieran subrogarse un alquiler de renta antigua y considera[…]

El Tribunal Supremo ha decidido flexibilizar los requisitos para los que quieran subrogarse un alquiler de renta antigua y considera que no es obligatorio informar por escrito al propietario del fallecimiento del titular del contrato.

En una sentencia del pleno de la Sala de lo Civil fechada el pasado 20 de julio, el Supremo aclara que hasta ahora se consideraba que, para que tenga lugar la subrogación, era imprescindible, entre otros requisitos, comunicar por escrito el fallecimiento del titular del contrato y de la identidad de la persona que quiere subrogarse.

Sin embargo, "por razón de la buena fe", la extinción del contrato puede resultar injusta cuando el propietario está al tanto del fallecimiento, aunque no haya sido informado por escrito.

No es necesario el consentimiento del arrendador para que se produzca la subrogación, señala el Supremo, por lo que invocar la falta de notificación para extinguir el contrato cuando el arrendador o propietario sabe que otra persona desea mantener el contrato -subrogarse- resulta "contrario a la buena fe".

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