El BOC publica los lugares y horarios para descargar la pesca en los puertos
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la orden que establece los lugares y horarios autorizados para el[…]
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la orden que establece los lugares y horarios autorizados para el desembarque y la descarga de productos pesqueros en los puertos de la comunidad autónoma.
Los puertos de Cantabria que están autorizados para el desembarque y primera venta de los productos procedentes de la pesca y marisqueo son los de San Vicente de la Barquera, Comillas, Suances, Santander, Santoña, Laredo, Colindres y Castro Urdiales.
Dentro de cada puerto, el desembarque se realizará en los muelles y lugares designados por la autoridad competente en puertos y que recoge un anexo de la orden.
Hay dos tipos de emplazamientos, los de desembarco habitual, en los que con carácter general se deberán realizar las labores de descarga, y los de descarga ocasional, que se emplearán únicamente en caso de fuerza mayor o de que los primeros estén en uso, explica el Gobierno en una nota.
Señala también que el desembarque de productos procedentes de la pesca extractiva debe hacerse necesariamente dentro de los horarios que figuran en la orden para garantizar el control de las capturas.
Los horarios de desembarque y descarga de cada lonja deberán estar expuestos en un lugar visible en el puerto o punto de control autorizado, así como en el caso de que el horario de pesaje y primera venta en la lonja no coincida con el de desembarque y descarga del punto anterior.
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