BOCYL publica Decreto para regulación entidades asociativas agroalimentarias

El BOCYL ha publicado hoy el Decreto 34/2016 para la regulación de las entidades asociativas agroalimentarias prioritarias que puede contribuir[…]

El BOCYL ha publicado hoy el Decreto 34/2016 para la regulación de las entidades asociativas agroalimentarias prioritarias que puede contribuir a "impulsar el cooperativismo agrario al incentivar la incorporación de nuevos socios, incrementar la actividad e impulsar acuerdos", según URCACYL.

Con este decreto se reconoce como sociedades prioritarias a las Sociedades Cooperativas de primer y segundo grado, las Sociedades Agrarias de Transformación y las Organizaciones de Productores, que además deberán cumplir una serie de requisitos.

Las sociedades deberán tener domicilio social y fiscal en Castilla y León, disponer de un director y personal técnico con titulación universitaria, y establecer un compromiso del Consejo Rector de recibir información específica para adquirir conocimiento y habilidades en la toma de decisiones en un plazo de cinco años.

Además, los fondos propios deben ser superiores al cuarenta por ciento del activo no corriente, los activos producidos en la comunidad deben superar los tres millones de euros y las ventas deben ser superiores a veinte millones de euros y el número de socios superior a quinientos.

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De forma extraordinaria, podrán ser prioritarias las entidades que alcancen un acuerdo intercooperativo con una prioritaria o con otra cooperativa con la que alcance conjuntamente los requisitos de facturación, y las entidades prioritarias nacionales que tengan domicilio fiscal y social en Castilla y León.

Por otra parte, los socios agricultores y ganaderos, para ser prioritarios, necesitarán domicilio social y fiscal en la comunidad, al menos el sesenta por ciento de las ventas de su explotación tendrán que ser con la Entidad Asociativa Prioritaria y deberán permanecer asociados al menos cinco años desde su reconocimiento.

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