Rivas prepara su regulación para los vehículos eléctricos de movilidad
Rivas ha creado su propia regulación para los vehículos eléctricos de movilidad personal, como patinetes y bicicletas eléctricas, un texto[…]
Rivas ha creado su propia regulación para los vehículos eléctricos de movilidad personal, como patinetes y bicicletas eléctricas, un texto que previsiblemente se aprobará en el Pleno de octubre y que define cómo pueden circular y aparcar por las aceras y calzada estos vehículos.
Desde el Consistorio han justificado en un comunicado este reglamento, explicando que los vehículos de movilidad personal "se han convertido ya en una realidad en las calles" y se presentan como "una solución diferente de transporte" que "prácticamente no contamina".
Por ello, han indicado que la nueva ordenanza "normaliza su uso, lo regula e incluso lo potencia".
En concreto, se establece una primera categoría de "vehículos de tipo A" para los patinetes sin motor, que podrán alcanzar una velocidad máxima 20 kilómetros por hora y no podrán circular por la calzada, excepto en zonas 30, calles residenciales, o zonas de plataforma única.
En este sentido, se equiparan a los "patinadores", han añadido desde el Consistorio.
Por su parte, el bloque de "vehículos de tipo B" congrega a los patinetes eléctricos, 'segways', cuya velocidad máxima será de 30 kilómetros por hora y podrán circular por carriles-bici y aceras, adecuando su velocidad a la del peatón, y por la calzada en las mismas condiciones que los ciclos.
Estos vehículos aparcarán en lugares habilitados, en aceras anchas lo más cercano a la calzada y, preferiblemente, entre alcorques.
Los "vehículos tipo C" se dividen dependiendo del transporte, diferenciando entre "C1", que no pueden realizar distribución de mercancías, ni viajeros cobrando; "C1", que podrán transportar viajeros cobrando por ello, pero no mercancías; y "C2", que podrán transportar mercancías cobrando por ello, pero no viajeros.
En todos los casos, la velocidad máxima será de 45 kilómetros por hora, y podrán circular por la calzada en las mismas condiciones que los ciclomotores.
Tienen prohibido circular por zonas peatonales y carriles-bici, salvo que cuenten con autorización.
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