Declaran no ajustado a derecho un ERE por coincidir con las horas extra

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV) ha declarado no ajustada a derecho la reducción de dos horas de[…]

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV) ha declarado no ajustada a derecho la reducción de dos horas de la jornada laboral impuesta por la suministradora de Ford, Outsourcing for the Automotive Industry 2007 SA, a 195 trabajadores durante dos meses en 2016.

El TSJ estima así el recurso presentado por el presidente del comité de empresa contra una sentencia del Juzgado de lo Social número 14 de Valencia, según la sentencia facilitada por el sindicato CGT.

La aplicación del expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) coincidió con la realización de horas extraordinarias y la contratación de trabajadores a través de una empresa de trabajo temporal.

La empresa del sector de la automoción decidió aplicar un ERTE que afectaba a 195 de los 235 empleados como consecuencia de que Ford España, su único cliente, dejó de programar dos horas diarias de producción entre el 29 de agosto y el 22 de diciembre de 2016, según ha informado el sindicato CGT.

Al rechazar los sindicatos esta medida, la empresa acabó aplicando el mismo recorte que Ford, pero entre el 10 de octubre y el 22 de diciembre en la compañía se realizaron 3.223 hora extras y prestaron servicios 18 trabajadores de una empresa de trabajo temporal.

Según la CGT, la empresa "se cuidó" de que ninguno de los trabajadores de la plantilla realizara prolongación de jornada.

Esto supone una infracción del Estatuto de los Trabajadores, en concreto el artículo 47.2, que prohíbe la realización de horas extra salvo fuerza mayor durante el período de reducción de jornada.

Sobre la contratación de personas mediante una empresa de trabajo temporal, la sentencia señala que la compañía contrató por obra y servicio a dos trabajadores para atender la acumulación de tareas de dos departamentos.

Por tanto, es "evidente" que existía una necesidad estructural de trabajo que incluso con la disminución de la producción acordada en Ford no se puede atender con las horas extra realizadas por la plantilla habitual, lo que "deja huérfana de justificación" la reducción de la jornada laboral, según la CGT.

La CGT ha señalado en un comunicado que esta sentencia supone "una clara limitación a la impunidad con que determinadas empresas aplican recortes laborales que contravienen los derechos" de los trabajadores.

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