Telefónica, condenada por incluir a cliente como moroso sin notificarle deuda

La Audiencia Provincial de Murcia ha estimado en parte el recurso de un abonado a Movistar y condenado a Telefónica[…]

La Audiencia Provincial de Murcia ha estimado en parte el recurso de un abonado a Movistar y condenado a Telefónica a indemnizarlo con 6.000 euros por haberlo incluido en un fichero de morosos sin notificarle antes el importe de las deudas que le reclamaba.

En una sentencia que revoca otra de un juzgado de primera instancia de Murcia de diciembre pasado, que desestimó la demanda y absolvió a la operadora, afirma que el abonado alegó que su inclusión en el fichero había supuesto una intromisión ilegítima en su derecho al honor al no habérsele requerido el pago de la deuda.

Expuso que esa notificación fehaciente no podía ser sustituido por "un mero pantallazo de los archivos informáticos" de la demandada que el juzgado consideró como prueba que la acreditaba, por lo que desestimó la demanda.

La Audiencia discrepa y dice que "la prueba del cumplimiento efectivo del requerimiento corresponde a la compañía, al ser un acto que ella habría originado, pues incluso tenía la facilidad probatoria de haber aportado las conversaciones telefónicas que manifiesta haber mantenido con el demandante".

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Añade que esas conversaciones ya avisaban al interlocutor de que serían grabadas para su "seguridad" y que podían haber acreditado la tesis del demandante de que había hablado con la demandada para cuestionar el montante de las facturas.

La Audiencia condena a Telefónica a indemnizarlo con 6.000 euros, no con los 24.000 que pedía el reclamante, y le ordena que retire su nombre del fichero de morosos en lo referidos a las tres facturas que dieron origen a estas actuaciones judiciales.

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