Hacienda diseña nuevo sistema de valoración de inmuebles ajustado al mercado
La Conselleria de Hacienda ha diseñado un nuevo método de valoración de los inmuebles a efectos de los impuestos a[…]
La Conselleria de Hacienda ha diseñado un nuevo método de valoración de los inmuebles a efectos de los impuestos a abonar en casos como compraventas, herencias y donaciones, ajustado al mercado actual, con el objetivo de otorgar "seguridad jurídica" a los ciudadanos.
Según ha informado la Generalitat en un comunicado, se pretende "acabar con la judicialización de esta cuestión ante las miles de demandas de los afectados", según ha destacado el conseller de Hacienda, Vicent Soler.
"El sistema del anterior Consell abocó a miles de ciudadanos a entablar pleitos contra la Administración. Pero nosotros hemos venido para solucionar los problemas de los valencianos y buscar soluciones. El nuevo modelo acabará con años de conflictividad judicial en este terreno", ha destacado el responsable de Hacienda.
El modelo, que se traducirá próximamente en una orden de la conselleria, es consecuencia de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que ha considerado inadecuado el método de valoración de bienes como viviendas, garajes o trasteros aprobado por la Generalitat en 2013.
La resolución judicial se refiere a un caso concreto pero comportará la previsible estimación en cascada de las miles de liquidaciones recurridas por los ciudadanos y pendientes.
Sin embargo, hay sentencias adoptadas por otros tribunales en sentido contrario en otras comunidades, por lo que la conselleria, tras la consulta a la Abogacía de la Generalitat, elevará el caso al Tribunal Supremo para que unifique el criterio a seguir en todo el territorio.
La ley obliga al Consell a recurrir siempre que la Abogacía considere que hay base, y es lo que ha ocurrido ante la existencia de sentencias contradictorias en diferentes autonomías.
No obstante, la Generalitat va a poner en marcha un nuevo modelo, que espera que sea el definitivo al margen de lo que dictamine el Supremo, para conciliar las exigencias del TSJ y la capacidad de la Generalitat a la hora de verificar el valor de los inmuebles.
Hasta ahora la Conselleria revisaba lo declarado por cada contribuyente y, si el importe era inferior al calculado por Hacienda, le tramitaba una liquidación para que abonara la diferencia.
Para fijar ese valor, se utilizaba uno de los dos métodos establecidos en el artículo 57 de la Ley General Tributaria.
En octubre de 2013, el TSJ "tumbó" el sistema aplicado hasta entonces al anular las liquidaciones realizadas mediante el llamado "dictamen de perito", consistente en que estos especialistas efectuaban la valoración en función de diferentes criterios pero sin comprobar "in situ" el inmueble.
El anterior Consell aprobó un nuevo modelo de valoración, basado en la aplicación al valor catastral de los inmuebles de unos coeficientes que se revisaban anualmente para cada municipio y que figuraban en una orden de la Conselleria.
Estos valores eran globales por municipios, sin distinguir entre barrios, por lo que el tribunal ha entendido que tampoco se cumple con el criterio fijado en 2013 y ahora la comprobación del valor ha de ser individualizada.
El procedimiento que se seguirá a partir de ahora mantiene el sistema de aplicación de coeficientes a los valores catastrales pero introduciendo importantes novedades.
De entrada, se han ajustado las cuantías a la situación actual del mercado inmobiliario, lo que comporta una reducción del valor.
Además, se ha realizado un ajuste por zonas y distritos que, de momento, alcanza a las ciudades de Valencia y de Alicante.
Asimismo, de la aplicación automática de los coeficientes se han excluido las plantas bajas y locales, donde se enviará un perito para realizar la valoración, mientras que los garajes son objeto de un tratamiento diferenciado con coeficientes diferentes.
En caso de que el ciudadano siga discrepando de la valoración que le haya hecho la Generalitat se enviará un perito, pero solo en los supuestos de conflictividad.
De este modo, se quiere compatibilizar el criterio de los jueces de comprobación "in situ" con un procedimiento que el Consell puede realizar con los medios con los que dispone.
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