Nueva Rumasa: todos atentos al 12 de julio
Especialistas en crear intrigas, la saga de los Ruiz Mateos y Nueva Rumasa continúa. El misterio está ahora en desvelar[…]
Especialistas en crear intrigas, la saga de los Ruiz Mateos y Nueva Rumasa continúa. El misterio está ahora en desvelar el por qué de una fecha: el 12 de julio. Lejos de representar una profecía, el plazo apunta a una nueva argucia del conglomerado de empresas por conseguir ganar tiempo y, si es posible... reducir algo sus deudas.
Comencemos por el principio: el 10 de mayo, José María Ruiz Mateos envió una carta a todos sus inversores de pagarés en la que les aseguraba que todos aquellos que firmaran una escritura que adjuntaba ganarían una fórmula más para cobrar su capital e intereses: el patriarca del grupo les presentaba una cesión de derechos por lo que hipotéticamente pudiera recuperar de la antigua Rumasa. La empresa cifraba en 18.000 millones de euros la cuantía que el Estado le debe por la expropiación realizada en 1983.
A grosso modo, Ruiz Mateos ofrecía a sus inversores cobrar del Estado. Pronto, los bufetes de abogados saltaron a la palestra aconsejando a sus clientes afectados no firmar tal cesión de derechos, por considerar que eso suponía renunciar al cobro por parte de la hipotética y probable liquidación de las sociedades emisoras. El debate estaba servido. Pero, lejos de entrar a juzgar el contenido, otro aspecto de la carta hacía saltar las alarmas: la escritura ante notario debía estar firmada, como plazo máximo, el 12 de julio.
¿Por qué ese tope? Parece que Nueva Rumasa, de nuevo, no da puntadas sin hilo. José María Ruiz Mateos exige la firma del documento de cesión antes del 12 de julio, justo días antes de que venza el plazo de varias sociedades en preconcurso. Inversiones José María Ruiz Mateos SA, José María Ruiz Mateos S.A., varios hoteles y otras compañías del grupo se verán abocadas entre los días 14 y 15 de julio a solicitar el concurso voluntario de acreedores, ya que no han conseguido en estos últimos cuatro meses llegar a un acuerdo que facilite su viabilidad.
En ese caso, las adhesiones de los contratos de cesión conseguidas les serán muy útiles a Nueva Rumasa. Legalmente, Ruiz Mateos podría presentar ante el juez que lleve el concurso de las mencionadas empresas las firmas de los acreedores que se hayan sumado a la cesión de derechos como un "convenio", que les ayudará a restar la deuda contraída de las nuevas concursadas. Desde el punto de vista jurídico, esta figura del "convenio" puede servir para aligerar el endeudamiento de una empresa en concurso.
Precisamente Nueva Rumasa realizó la cuarta emisión de pagarés a través de la sociedad José María Ruiz-Mateos, en la que ofrecía remuneraciones de hasta el 12 %. No obstante, tuvo que cancelarla anticipadamente ante la entrada en vigor de la modificación de la Ley del Mercado de Valores que exigía intermediarios financieros autorizados para su comercialización.
Es decir, que si consiguen la firma de bonistas con una deuda de 50 millones de euros, por poner un ejemplo, esa cuantía se restaría de las deudas de las empresas que posiblemente entren en concurso a mediados de julio (cuando vencen los plazos del preconcurso, admitido en marzo). Lógicamente, esto supone que esos bonistas no podrían cobrar por los activos disponibles en las empresas emisoras (en caso de liquidación), sino sólo de lo que el Estado decida pagar a José María Ruiz Mateos por su antiguo imperio. En resumen, básicamente, nada.