El anticipo del pago de Sociedades, en el limbo parlamentario

Al Gobierno se le complica la reforma del tributo empresarial que prometió a la UE a la espera de que las Cortes se la quieran convalidar

El Gobierno se había comprometido ante la Comisión Europea con toda una serie de reformas para paliar el déficit excesivo que acumulan las cuentas del Estado en lo que va de año, a cambio de no recibir la multa que la UE paralizó en julio. Entre las medidas a adoptar se encontraba una modificación legislativa que mejoraría la recaudación del Impuesto de Sociedades. Pero el nuevo fracaso en la investidura de esta semana imposibilita la formación de un Ejecutivo que, sin estar en funciones, apruebe un decreto que no precise el visto bueno del Congreso.

Al continuar en un estado de interinidad, sólo una validación de las Cortes podría permitir que el Gobierno en funciones aplique la promesa tributaria presentada a la UE con la que pueda incrementar los ingresos. Porque en lo que va de año, la recaudación de esta figura impositiva se ha desplomado un 85%. Pero no está claro que la mayoría de los diputados apoyen esa pretensión, al menos inicialmente o a corto plazo tras el tenso debate de estos días.

Algunos expertos indican que el actual Consejo de Ministros sí puede aprobar el nuevo reglamento mediante un decreto ley, según establece el artículo 21 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre: urgencia e interés general.

En cualquier caso, el 15 de octubre es la fecha clave. Antes de ese día, el Gobierno debería enviar a la Comisión Europea un plan presupuestario en el que se prevea un déficit máximo del 3,1% para 2017. Entre otras propuestas, el ministerio de Hacienda pretende que las empresas que abonan el Impuesto de Sociedades anticipen el cobro de determinadas cantidades para que el erario público disponga de unos 6.000 millones de euros extra antes de que finalice este ejercicio.

El departamento de Cristóbal Montoro anunció hace un mes y medio que recuperaría el pago fraccionado mínimo en el Impuesto de Sociedades para aquellas compañías con una facturación determinada. Entre 2012 y 2015 las firmas cuyo resultado contable superó los 20 millones de euros al año abonaban en sus anticipos a cuenta un mínimo del 8% del resultado de su cuenta de pérdidas y ganancias y del 4% si al menos el 85% de sus ingresos se correspondían con rentas exentas o dividendos con derecho a deducción por doble imposición.

Ahora se trata de recuperar la misma medida que el Ejecutivo anuló con la reforma fiscal del año pasado para acabar con una sangría del tributo. Pero el ministro de Economía, Luis de Guindos, ya advirtió hace un mes que habrá que esperar a que haya un Gobierno «de plenas funciones».

En portada

Noticias de 

Si esta noticia ha sido útil para ti,
apúntate a nuestros boletines
¡No te decepcionaremos!

También en nuestro canal de Whatsapp