Nóos:Desestiman revisar las cuotas de Urdangarin defraudadas a Hacienda

El tribunal del caso Nóos ha dictado una providencia en la que inadmite a trámite la «pretensión aclaratoria» postulada por[…]

El tribunal del caso Nóos ha dictado una providencia en la que inadmite a trámite la «pretensión aclaratoria» postulada por la Abogacía del Estado y por Iñaki Urdangarin en relación a varios puntos de la sentencia, en concreto en los relativos a la determinación de la cuota tributaria y del IVA vinculados a los ingresos de Urdangarin. Para el tribunal, las peticiones formuladas por ambas partes «exceden a las facultades aclaratorias contenidas en los artículos 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM)».

Cabe recordar que tras conocerse la sentencia del caso Nóos, la letrada de la Abogacía del Estado, Dolores Ripoll, había presentado el pasado mes de febrero un escrito de aclaración ante el tribunal, porque consideraba erróneo el cálculo que hay en el fallo por lo que respecta a las cuotas defraudadas a Hacienda por parte de Urdangarin.

La providencia hecha pública este lunes también señala que, asimismo, se inadmiten las pretensiones aclaratorias detalladas por la defensa de Urdangarin relacionadas con la redacción de la sentencia, salvo la relativa al folio 281 del fallo. Así, donde dice «Juan Carlos Molinero», se reconoce que debe decir «Juan Pablo Molinero». Contra esta resolución no cabe la presentación de recurso alguno.

La sentencia del caso Nóos se hizo pública el pasado 17 de febrero. Las penas más elevadas recayeron sobre los dos creadores del Instituto Nóos. Así, Diego Torres fue condenado a ocho años y seis meses de prisión, mientras que Urdangarin lo fue a seis años y tres meses. El Ministerio Público había solicitado en su momento 16,5 años de cárcel para el primero y 19,5 años para el marido de Doña Cristina, como presuntos autores de los delitos de prevaricación, fraude, malversación, contra la Hacienda Pública, tráfico de influencias, falsedad, estafa y blanqueo.

En el caso Nóos se intentaba dirimir, esencialmente, si hubo presuntas irregularidades en los convenios firmados por Nóos con diversas entidades públicas, si las sociedades que conformaban el grupo Nóos habrían realizado los trabajos por los que fueron contratadas y si la facturación utilizada o las condiciones laborales de los empleados fueron conformes a la ley.

En el fallo de esta causa, las tres magistradas de la Sección Primera de la Audiencia Provincial consideraron a Urdangarin autor de los delitos de prevaricación ?en concurso con falsedad y malversación?, fraude, tráfico de influencias y dos delitos contra la Hacienda Pública. En cuanto a Torres, el tribunal le consideró responsable de los delitos de prevaricación ?en concurso con falsedad y malversación?, fraude, tráfico de influencias, un delito contra la Hacienda Pública y blanqueo.

Con posterioridad, el pasado 23 de febrero tuvo lugar en la Audiencia Provincial la vista de medidas cautelares, que había sido solicitada por el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach. Tras la vista, el tribunal acordó mantener la libertad provisional para los dos creadores del Instituto Nóos sin la necesidad de abonar ninguna fianza. En ese sentido, las magistradas rechazaron la petición del fiscal, que había solicitado prisión provisional eludible con fianza para ambos, en concreto, que Urdangarin abonase 200.000 euros y que Torres entregase 100.000 euros para evitar su ingreso en la cárcel.

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Horrach había hecho su solicitud al tribunal atendiendo a la gravedad de las penas, porque los hechos delictivos habían quedado acreditados y por el riesgo de fuga, que a su juicio era pequeño, pero no inexistente. El fiscal también había valorado la actual situación económica de los dos exsocios.

El auto del tribunal fijó finalmente, como únicas medidas cautelares, que Urdangarin deberá comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial de su actual país de residencia ?Suiza? y que deberá comunicar al tribunal cualquier desplazamiento fuera de la Unión Europea o cualquier cambio de residencia, incluso temporal. Por lo que respecta a Torres, el tribunal decretó para él las medidas cautelares de prohibición de salir del territorio nacional, entrega del pasaporte y comparecencias en el Juzgado más próximo a su domicilio el día 1 de cada mes. También deberá comunicar cualquier cambio de residencia, incluso temporal.

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