
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró este martes que no es discriminatorio que una empresa privada prohíba a sus empleados lucir el velo islámico o el uso visible de cualquier signo político, filosófico o religioso.
La máxima instancia judicial de la Unión Europea, no obstante, considera que una norma interna en ese sentido sí podría resultar discriminatoria si ocasiona «una desventaja particular a aquellas personas que profesan una religión o tienen unas convicciones determinadas», indicó la corte de Luxemburgo en un comunicado
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