El juicio del caso ERE no se suspende y durará al menos hasta octubre
Ni se suspende el juicio, ni se habría vulnerado el derecho fundamental al juez natural predeterminado por ley ni se[…]
Ni se suspende el juicio, ni se habría vulnerado el derecho fundamental al juez natural predeterminado por ley ni se va a devolver la causa al juzgado de Instrucción ante las dudas que habían surgido en torno al alcance del juicio que ha sentado en el banquillo de los acusados a 22 ex altos cargos de la Junta de Andalucía en la causa política del caso ERE. Nada de nada.
El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que juzga, entre otros, a los expresidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán, ha hecho caso omiso a las peticiones de las defensas, que habían pedido suspender el juicio, y mantiene la fecha de reanudación del juicio para el 12 de febrero, una vez que se resuelvan las denominadas cuestiones previas.
Mediante una providencia del pasado lunes, notificada este martes a las partes, la Sección Primera de la Audiencia programa sesiones del juicio (en sesiones de mañana y de mañana y tarde) desde el 12 de febrero al menos hasta el 31 de octubre. Eso no significa que no se pueda alargar más el juicio.
«Todo ello, sin perjuicio de que si las declaraciones de los acusados, testigos y peritos, prueba documental e informes de las partes se alargarán más de lo previsto, se añadan más sesiones de juicio», aclara la providencia a la que ha tenido acceso ABC.
Mediante el citado escrito, el tribunal programa sesiones para todos los meses a excepción del mes de agosto, que no es hábil para este tipo de procedimientos. Será una vez que se resuelvan las cuestiones previas cuando se determine el orden de declaración de los testigos, acusados y peritos.
La citada resolución supone un jarro de agua fría para las defensas de los acusados, que habían solicitado la suspensión del juicio para analizar y rebatir las nuevas pruebas admitidas a instancias de las acusaciones ejercidas por la Fiscalía Anticorrupción y el PP andaluz.
De esta providencia se deduce que tampoco admite la cuestión solicitada por el abogado defensor del exdirector de Presupuestos Antonio Lozano, quien había pedido la nulidad de la instrucción de la pieza política de los ERE desde enero de 2016 al considerar que al asignársela al juez de refuerzo Álvaro Martín se nombró a «un juez ad hoc» para la causa, vulnerando el derecho al togado natural.
La Fiscalía había pedido entre sus cuestiones previas la «delimitación objetiva» del procedimiento judicial con el fin de evitar «duplicidades», «indefensión» o cualquier causa de nulidad. El Ministerio público incluso planteó la posibilidad de devolver la causa al juzgado de instrucción debido a la exclusión de algunos acusados de otras investigaciones centradas en ayudas concretas.
El motivo, es una decisión polémica de la Sección Séptima de la Audiencia. Ésta estableció que si un ex alto cargo está encausado en la pieza política ?que engloba todas las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo? no puede ser enjuiciado por cada una de esas ayudas de forma aislada. De esta providencia se desprende que la causa por las ayudas irregulares de los ERE no se rebotará al juzgado en ningún caso.