Renta 2016: ¿Dónde puedo presentar la declaración?
En caso de no querer hacerlo por Internet, el lugar para depende del resultado de la misma, si es a ingresar o a devolver
La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un amplio abanico de opciones para que cumplan con su cita anual con Hacienda.
La opción más cómoda es la de realizar la declaración del IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) por medio del borrador a través de internet (ver el artículo donde se explica cómo efectuar la declaración de la renta con el borrador), pero algunas personas prefieren realizar este tipo de trámites de la manera clásica: en persona.
Para ello, lo primero que hay que tener en cuenta es lo que nos salga en nuestra declaración, pues esto marcará el lugar donde podamos acudir a presentarla.
Si el resultado de la declaración es positivo (el contribuyente debe ingresar el saldo a Hacienda), se puede entregar en cualquier banco o en las oficinas que la Agencia Tributaria y el resto de administraciones públicas habilitan para la campaña.
Si el resultado es negativo (es a Hacienda a la que le toca retornar las cantidades retenidas de más), las opciones del contribuyente se incrementan. Así, se puede presentar los documentos en el banco, en la Agencia Tributaria y también en el resto de administraciones públicas habilitadas para la campaña o por correo certificado. Si bien, cuando el contribuyente solicite la devolución en una cuenta abierta en una entidad de crédito que no actúe como colaboradora, la declaración deberá ser presentada en las oficinas de la Agencia Tributaria o similares.