Un juzgado condena a Bridgestone por vulnerar el derecho de libertad sindical
El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao ha condenado a Bridgestone por vulnerar el derecho de libertad sindical[…]
El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao ha condenado a Bridgestone por vulnerar el derecho de libertad sindical y le ha impuesto el abono de una indemnización de 500 euros al sindicato ELA, que interpuso una demanda contra la empresa.
La sentencia, fechada el pasado día 9 de junio, aprecia vulneración del derecho a la libre actividad sindical en la actuación de la empresa, cuando entre los pasados 27 y 31 de enero convocó a los trabajadores a varias reuniones después de que la representación sindical rechazase su propuesta en la negociación colectiva.
La resolución, facilitada por ELA, señala que dado que la dirección conocía la negativa de la parte social a aceptar el acuerdo, no se alcanza a determinar "la finalidad práctica de las reuniones, a no ser que se identifique con un propósito de debilitar a los representantes frente a los trabajadores o de dividir a éstos, suplantando a los sindicatos en la función de informar que legalmente les atribuye" la legislación.
A juicio del juez, Bridgestone mantuvo "una conducta de injerencia en la actividad de los representantes sociales, atribuyéndose la demandada un derecho a proporcionar información que no encaja en sus facultades directivas".
"Además, está encomendado por ley cabalmente a los representantes de los trabajadores, a los que razonablemente se trata de debilitar o ignorar frente a la plantilla", añade la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
El sindicato ELA ha considerado en una nota que esta resolución "debe servir para normalizar la negociación colectiva, tanto en Bridgestone como en el resto de empresas".
Según ha indicado, es "básico" que las direcciones de las empresas "respeten" la labor de los representantes de los trabajadores.
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