Más de 12.600 viudas se benefician de la mejora de la pensión en C-La Mancha
Un total de 12.679 viudas de Castilla-La Mancha se van a beneficiar de la mejora en la pensión que ha[…]
Un total de 12.679 viudas de Castilla-La Mancha se van a beneficiar de la mejora en la pensión que ha llevado a cabo de oficio la Seguridad Social, a raíz de la medida contemplada en los Presupuestos Generales del Estado para 2018.
La subida se incorpora ya a la nómina de la pensión correspondiente a este mes de agosto, cuya fecha oficial de abono es el primer día laborable de septiembre, según ha informado el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en nota de prensa.
Con la aplicación de esta medida, la prestación media del colectivo de viudas que reúne los requisitos para tener derecho a la mejora ha pasado de 753,97 euros mensuales a 811,97, lo que supone un incremento del 7,69 por ciento.
Esta mejora de las pensiones de viudedad está basada en el Real Decreto 900/2018 aprobado el pasado 20 de julio, que da cumplimiento a la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011 de 1 de agosto -Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social- que preveía la aplicación gradual de la subida, en un plazo de 8 años a partir del 1 de enero de 2012, hasta el 60 % de la base reguladora de la pensión de viudedad.
Su aplicación fue aplazada durante siete años y el acuerdo adoptado hace poco más de un mes permite ahora actualizar el incremento del 52 % hasta el 56 % en 2018, y hasta el 60 % en 2019.
Las nuevas cuantías se aplican ya de oficio en todas las pensiones de viudedad causadas antes del 1 de agosto y que reúnen los requisitos requeridos.
No obstante, esta previsión no producirá efecto en las pensiones reconocidas en aplicación de normas internacionales ni cuando el titular de la pensión resida en el extranjero.
En cuanto a las personas que soliciten una nueva pensión de viudedad, se les aplicará esta medida si reúnen los requisitos de acuerdo con la información que incorporen en su petición de alta de la prestación, sin necesidad de solicitar expresamente el incremento.
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