La CE propone relajar motivos para reintroducir visados a países terceros

La Comisión Europea (CE) propuso hoy relajar los motivos que los socios europeos pueden alegar para reintroducir temporalmente los visados[…]

La Comisión Europea (CE) propuso hoy relajar los motivos que los socios europeos pueden alegar para reintroducir temporalmente los visados a otros países en ciertas situaciones de emergencia, ante la inquietud que ha generado en varias capitales las próximas exenciones de visado con Ucrania, Georgia, Kosovo y Turquía.

La CE propuso enmendar la regulación existente para aclarar que el mecanismo que permite suspender las exenciones de visado podrá ser utilizado más allá de "situaciones de emergencia y como último recurso", como se aplica ahora.

La idea es que se permita utilizarlo de manera más general, en caso de que la liberalización de visados lleve a un "importante aumento de la inmigración ilegal, de solicitudes de asilo infundadas o de solicitudes de readmisión rechazadas".

En su propuesta, la CE señala que ante la "actual situación migratoria en la Unión europea (UE) y la exitosa finalización de varios diálogos de liberalización de visados con países vecinos como Georgia, Ucrania, Kosovo y Turquía, varios países miembros cuestionaron si el mecanismo actual es lo suficientemente flexible como para actuar en ciertas situaciones de urgencia".

Estos países consideraron "demasiado limitados" los motivos para activarlo, al no incluir por ejemplo la falta de cooperación en readmisiones por parte de un país tercero que se beneficia de la exención de visados cuando hay un acuerdo entre la UE o un Estado miembro.

También estimaron "demasiado largos" los periodos de referencia y fechas límites establecidas en el mecanismo actual como para reaccionar con rapidez a una situación de emergencia.

Asimismo, afirmaron que la iniciativa para activar el mecanismo debe ser ampliada a la CE.

La propuesta de la Comisión, que debe recibir el visto bueno de los Veintiocho y del Parlamento Europeo (PE) para entrar en vigor, también plantea que el periodo de referencia para comparar una situación con la del año anterior o el periodo anterior a la liberalización de los visados se acorte de seis a dos meses.

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Además, será suficiente que el incremento de la inmigración ilegal, de las solicitudes de asilo infundadas o de las solicitudes de readmisión rechazadas sea "sustancial" y ya no "repentino y sustancial" como ahora.

La CE tendrá la posibilidad de activar el mecanismo de suspensión por iniciativa propia si dispone de información concreta y fiable de cualquiera de las circunstancias que pueden notificar los países miembros o si un país tercero que se beneficia de la exención de visados no coopera en las readmisiones.

Si la Comisión decide que se requiere acción, podrá ahora adoptar las medidas relevantes para suspender temporalmente la exención de visados en un mes en lugar de los tres anteriores.

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El mecanismo actual se adoptó en diciembre de 2013 por el Parlamento Europeo y el Consejo.

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