Junta destina 2 millones a fomentar la contratación indefinida de los jóvenes

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado una orden por la que la Consejería de Educación y Empleo destina[…]

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado una orden por la que la Consejería de Educación y Empleo destina 2 millones de euros en subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas y su transformación en contratación indefinida de jóvenes con titulación correspondiente al ejercicio 2018.

Esta medida se convoca por segundo año consecutivo dentro de las medidas contempladas en el Plan de Empleo Joven, según ha recordado la Junta de Extremadura en un comunicado de prensa.

La convocatoria consta de dos programas, uno de ellos destinado a ayudas a la contratación en prácticas de jóvenes titulados universitarios o con titulación de Formación Profesional (FP) de Grado Medio o Superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad.

Por su parte, el Programa II contempla ayudas a la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas subvencionados en el Programa I.

La cuantía de la subvención establecida en el Programa I por contratación en prácticas a tiempo completo de personas con titulación universitaria será de 5.000 euros si el contrato es de seis meses, de 7.500 si es de nueve y 10.000 si son doce meses.

En el caso de contratar a jóvenes con Formación Profesional de Grado Superior, la cuantía será de 4.000, 6.000 y 8.000 euros, según sea el contrato de seis, nueve o doce meses, respectivamente.

Y si se trata de personas con Formación Profesional de Grado Medio y certificados de profesionalidad, será de 3.500, 5.250 y 7.000 euros, según sea el contrato de seis, nueve o doce meses, respectivamente.

En el Programa II, la cuantía de la subvención será de 7.000, 6.000 y 5.500 euros, según sea el contrato de seis, nueve o doce meses, respectivamente, para mujeres; y de 5.500, 4.500 y 4.000 euros, en la misma duración, para hombres.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, personas autónomas, profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen contrataciones en los términos previstos.

Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.

Se presentará una solicitud de ayuda por cada contratación realizada, excepto cuando haya más de una contratación y tengan la misma fecha de inicio, en cuyo caso, se podrán acumular todas las contrataciones en una misma solicitud.

El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de un año, a contar desde el día 28 de septiembre.

Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto de los beneficios.

.

En portada

Noticias de 

Si esta noticia ha sido útil para ti,
apúntate a nuestros boletines
¡No te decepcionaremos!

También en nuestro canal de Whatsapp