Rita Maestre se niega a dimitir pese a su condena judicial
La portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, se mantendrá en su cargo tras ser condenada por delito contra los[…]
La portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, se mantendrá en su cargo tras ser condenada por delito contra los sentimientos religiosos por el que la magistrada del Juzgado de lo Penal número 6, Esther Arranz, le ha impuesto una multa de 12 meses a razón de 12 euros diarios, es decir, 4.320 euros.
Maestre ha comparecido en rueda de prensa en la calle Mayor, 71, donde se encuentran las sedes de los grupos municipales. Arropada por la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena y los concejales del Ayuntamiento ha tomado la palabra: «Sigo defendiendo que la protesta pacífica es una forma de revindicar cambios». «Entendemos que esto no afecta ni interviene en la labor del Ayuntamiento y voy a seguir», ha manifestado con un sonrisa.
La clave para la toma de esta decisión ha sido la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, que después de regresar de un viaje de Canarias se ha reunido con la condenada para empujarle a seguir con su carrera política en Cibeles. En ese encuentro también ha estado presente la delegada de Equidad, Marta Higueras, y el núcleo durlo del gabinete de la regidora, Felipe Llamas y Lourdes Menéndez. La exjuez siempre ha mostrado su apoyo a la integrante de Podemos en este episodio que calificó en junio como un acto de «libertad de expresión». «Mi apoyo a Rita Maestre es indiscutible», dijo entonces. Hoy lo ha vuelto a reiterar: «No ha habido una ofensa a los sentimientos religiosos, sí unas personas que se han visto ofendidas». El concejal de Seguridad, Javier Barbero, ha declarado que, como católico, no se sintió ofendido en ningún momento, pero que sí le ofende su «sensibilidad religiosa» vender pisos a fondos buitre.
Carmena ha sido contundente: «La sentencia no es firme y se va a recurrir»; «Maestre no ha sido culpable», ha declarado. «Nuestra postura es la que era hace unos meses y la cuestión de fondo también», ha considerado la exjuez.
Recursos de las partes
La sentencia se ha conocido justo un mes después de celebrarse el juicio. Maestre ha dado trasladado ante los medios de comunicación que recurrirá ante la Audiencia Provincial -tiene un plazo de diez días-. Entiende, según le han asesorado jurídicamente, que hay recorrido para demostrar que los hechos que prueban su participación en la protesta en el oratorio de la universidad no son constitutivos de un delito contra los sentimientos religiosos tipificado en el artículo 524 del Código Penal.
También sopesan recurrir en apelación las acusaciones populares, Alternativa Española y el Centro Jurídico Tomás Moro (CJTM), al considerar que es una condena «simbólica». Ambas partes se han felicitado por el resultado judicial. Lo consideran «un avance para los que defendemos las Libertas Civiles, y los Derechos Humanos», aunque insuficiente, sobre todo teniendo encuenta, arguye el CJTM, que Maestre gana más de 6.700 euros al mes. Lamenta este centro especializado que la sentencia no se pronuncie «contra la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo pedida por la Fiscalía y las acusaciones».
Incumplimiento del código ético de Ahora Madrid
Ya es consabido que el equipo de Ahora Madrid ha hecho caso omiso de su código ético de cuatro páginas, firmado por todos sus integrantes. En el apartado 1.4 se establece la «renuncia o cese de forma inmediata [...] en casos de acusación judicial por delitos de racismo, xenofobia, violencia de género, homofobia u otros delitos contra los Derechos Humanos o los derechos de las personas trabajadoras».
Este diario consultó en junio a varios expertos jurídicos en Derechos Humanos y coincidieron en afirmar que Maestre vulneraba el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que recoge: «Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión [...], así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia». Este derecho fundamental reconocido internacionalmente está protegido también en la Constitución Española, del mismo modo que la libertad de expresión, el derecho al que da más valor la alcaldesa para defender a la más joven del Ayuntamiento.
Declaraciones en su contra
Se extrae de la sentencia que la juez de lo Penal entiende que Maestre no dijo la verdad en su declaración y resultan contundentes las versiones de los fieles que estaban dentro de la capilla y la del sacerdote, quien dijo que la portavoz municipal «actuaba como si fuera la líder». «El capellán, de cuyo testimonio no existe motivo para dudar, conociendo a Rita porque eran compañeros de clase, sostuvo que al llegar a la capilla el grupo de personas, Rita estaba de las primeras, hablando incluso con ella para que no entrara en la capilla, determina que Rita sabía los hechos que iban a desarrollarse en la capilla, entró de las primeras y participó activamente en los hechos», relata la magistrada.
Considera Esther Arranz que la narración de la ya condenada no era verosímil: «No es lógico ni razonable, que la acusada se sume de manera espontánea y casual a la protesta [...] y adopte una postura activa en los actos que se desarrollan, entrando en primer lugar y siendo una de las mujeres que se puso en círculo alrededor del altar, quitándose la camiseta y quedándose en sujetador».
