Bruselas quiere imponer la ruta net zero a las grandes empresas

La Comisión Europea insta en su propuesta de directiva de 'due diligence' sobre sostenibilidad corporativa a que los estados miembros fuercen la adopción del Acuerdo de París

De voluntario a obligatorio. La Comisión Europea propone convertir en ley que las grandes empresas de la Unión Europea y las extranjeras que generen más de 150 millones en ingresos anuales dentro del territorio cuenten con un plan que se adapte a los objetivos del Acuerdo de París.

Por el momento, la Comisión Europea lo que aparca es la obligación de ligar en unos porcentajes determinados los salarios de los ejecutivos a objetivos de sostenibilidad, como había solicitado en los últimos días Pascal Canfin, presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo.

En materia de retribuciones, no se fijan ni mínimos, ni máximos, ni obligaciones concretas -se deja abierta la puerta para que legislen los estados miembros-; a diferencia de los compromisos de descarbonización, que aspira a que se conviertan en obligatorios.

En este sentido, en el artículo 15 de la propuesta de la ‘Directive on corporate sustainability due diligence’ (puede descargarla aquí) presentada este miércoles, Bruselas insta a los estados miembros a que fuercen a las empresas con sede en cada país a que se conviertan en net zero.

«Los Estados miembros velarán por que las empresas a que se refieren el artículo 2, apartado 1, letra a), y el artículo 2, apartado 2, letra a), adopten un plan para garantizar que el modelo empresarial y la estrategia de la empresa sean compatibles con la transición hacia una economía sostenible y con la limitación del calentamiento global a 1,5 °C en línea con el Acuerdo de París«, reza la propuesta.

Este plan tendrá que valorar el impacto de la compañía en el medio ambiente y viceversa (desarrolla el concepto de doble materialidad). Así, en el caso de que el cambio climático se identifique (o debiera hacerlo) como un riesgo principal «la empresa debería incluir objetivos de reducción de emisiones en su plan», señala la propuesta normativa.

Por último, también insta a los estados miembros a asegurar que las retribuciones variables de los consejeros están alineadas con estos requerimientos.

«Los Estados miembros garantizarán que las empresas tengan debidamente en cuenta el cumplimiento de las obligaciones a que se refieren los apartados 1 y 2 al establecer la remuneración variable, si la remuneración variable está vinculada a la contribución del director de la estrategia comercial de la empresa y a los intereses y la sostenibilidad a largo plazo», señala.

Las compañías que estaría afectadas, englobadas los puntos 1 y 2 del artículo 2 de la propuesta de directiva serían, concretamente, aquellas empresas de la Unión Europea con una plantilla media de más de 500 trabajadores y unos ingresos anuales mínimos de 150 millones, o las extranjeras con un volumen de negocio por encima de los 150 millones dentro de la Unión Europea.

‘Due-diligence’ en lo social y lo medioambiental

La propuesta de directiva, que debe ser aprobada tanto por el Parlamento Europeo como por el Consejo Europeo y, posteriormente, traspuesta a las legislaciones nacionales (el plazo será de dos años una vez se apruebe en las instituciones comunitarias), impone, asimismo, obligaciones de ‘due diligence’ para las empresas europeas y extranjeras en derechos humanos e impacto ambiental.

En concreto, más allá de los compromisos net zero, el proyecto de directiva requiere:

  • Integrar el proceso de ‘due diligence’ dentro de las políticas corporativas
  • Identificar impactos adversos reales o potenciales sobre los derechos humanos y el medio ambiente.
  • Prevenir o mitigar los impactos potenciales.
  • Poner fin o minimizar los impactos reales.
  • Establecer y mantener un procedimiento de quejas.
  • Supervisar la eficacia de la política y las medidas de diligencia debida.
  • Comunicar públicamente sobre la debida diligencia.

El perímetro de empresas afectadas por estas obligaciones es más amplio que en el caso de la ruta net zero. Dos años después de su entrada en vigor, serán exigibles a empresas de más de 250 trabajadores, con al menos 40 millones de facturación anual que operen en sectores considerados de «alto riesgo» de infracción de derechos humanos o daño medioambiental.

Las empresas medianas de los sectores textil, agrícola o de minerales también están expuestas a la directiva

Algunas de esas industrias serían la textil, la agrícola o la de minerales. Quedan exentas, por tanto, las pymes, aunque el espíritu de la directiva es implicarlas indirectamente, dado que normalmente son proveedores de compañías más grandes.

Específicamente, la directiva reclama a los distintos estados europeos que desarrollen herramientas que permitan a las pequeñas y medianas empresas europeas afrontar este tipo de riesgos.

Amenaza de litigiosidad

La propuesta normativa abre la puerta a que las empresas que incumplan con las obligaciones impuestas por la directiva sean sancionadas, si bien deja en manos de cada estado miembro su desarrollo.

«Los Estados miembros podrían imponer multas a las empresas o emitir órdenes exigiendo a la empresa que cumpla con la obligación de diligencia debida», especifica la Comisión Europea en su documento de preguntas y respuestas sobre la nueva normativa.

No obstante, aporta una serie de guías bastante concretas. «Es especialmente importante permitir que las víctimas obtengan una indemnización por los daños», valora la institución que lidera Úrsula von der Leyen.

«Esto significa que las víctimas tendrán la posibilidad de presentar una demanda de responsabilidad civil ante los tribunales nacionales competentes», avanza.

Este paso forzará a los estados miembros a reforzar las normativas de responsabilidad civil. También tendrán que crear una autoridad nacional encargada de supervisar el cumplimiento de la normativa, que se coordinará a nivel europeo con el resto de ‘hermanas’.

Ahora en portada