Un 15% de las gestoras españolas incumple los requisitos del Reglamento de Divulgación

La CNMV avanza que en el corto plazo solo habrá diez fondos de inversión españoles clasificados como sostenibles en su sentido más estricto

Cuando ya se ha cumplido más un mes de la entrada en vigor del Reglamento de Divulgación, un 85% de las gestoras de fondos nacionales ya ha presentado la documentación sobre las nuevas obligaciones de información y transparencia.

Por lo tanto, aún hay un 15% que no cumple estas obligaciones de transparencia en materia de sostenibilidad marcadas desde Europa, según los datos avanzados por la vicepresidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Montserrat Martínez, este miércoles.

Desde el 10 de marzo las entidades obligadas por el Reglamento tienen que informar sobre cómo integran los riesgos de sostenibilidad en sus decisiones de inversión y en las políticas de remuneración, así como informar sobre las principales incidencias adversas que sus decisiones de inversión pueden tener sobre los factores de sostenibilidad.

Asimismo, entre estas obligaciones, aquellas que comercialicen fondos de inversión deben ofrecer información detallada adicional en los casos en los que la gestora declare que el fondo promociona características medioambientales o sociales o bien si tienen como objetivo inversiones sostenibles.

Según las cifras de la CNMV, esto supone que más de una decena del cerca de centenar de gestoras nacionales registradas en España, de acuerdo con los datos de la patronal Inverco, van retrasadas respecto a lo exigido por Europa.

Y ello pese a que el supervisor de los mercados ofrece un «procedimiento simplificado» para permitir la incorporación ágil de la información a los folletos registrados.

«Animo a las que faltan a que hagan uso de esta facilidad. El objetivo es que el sector español se adapte en tiempo y forma a los nuevos requerimientos«, ha urgido Martínez, durante el acto la presentación del informe ‘Productos financieros para la transición energética’.

«El objetivo es que el sector español se adapte en tiempo y forma a los nuevos requerimientos»

Montserrat Martínez, vicepresidenta de la CNMV

En cualquier caso, las entidades que están más rezagadas se beneficiarán de la ‘manga ancha’ de la CNMV en estos primeros meses.

El organismo presidido por Rodrigo Buenaventura ya comunicó que su intención es ejercer su labor «de forma flexible y proporcional» y aplicar el «principio de proporcionalidad» a la hora de supervisar el cumplimiento del Reglamento.

«La falta de definiciones claras a nivel europeo hace que la implementación no sea sencilla, ni para las entidades ni para los supervisores, pues estamos a la espera de los desarrollos normativos que establecerán los criterios técnicos de selección«, ha reconocido Martínez.

Solo un fondo nacional clasificado en el artículo 9

Según el Reglamento UE 2019/2088, de 27 de noviembre de 2019, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros —Reglamento SFDR o de Divulgación—, los folletos de los fondos deben clasificarlos de la siguiente forma:

  • En el Artículo 8 o ‘light green’ (verde claro), cuando el vehículo de inversión promueve características de sostenibilidad medioambientales o sociales
  • En el Artículo 9 o ‘dark green’ (verde oscuro) si es un fondo con un objetivo de inversión sostenible

Con los datos actualizados hasta el momento, los inversores minoristas españoles interesados en seguir criterios ambientales, sociales y de buen gobierno (ESG, por sus siglas en inglés) de la manera más estricta, solo se encontrarían con nada más que un fondo nacional categorizado en el Artículo 9.

Según ha desvelado la vicepresidenta de la CNMV, actualmente ya hay registrados unos 60 fondos en los que la gestora declara que promueven la sostenibilidad -es decir, del artículo 8- y solo uno con objetivo de inversión sostenible.

Asimismo, hay otros 64 vehículos que están en proceso de actualizar sus folletos como promotores de sostenibilidad y nueve adicionales como fondos sostenibles.

En el corto plazo habrá diez fondos nacionales clasificados como sostenibles

De esta forma, en «el corto plazo» el organismo supervisor de los mercados calcula que la oferta nacional tenga «algo más de 130″ fondos de inversión que declaran que promueven o tienen como objetivo la sostenibilidad.

De estos, la gran mayoría estarían en el primer grupo, unos 124, mientras que apenas una decena podrán venderse propiamente bajo la definición de «fondos sostenibles».

«No podemos escatimar esfuerzos en explicar a los inversores en qué consisten las inversiones sostenibles y los principios que promueven (…) No es baladí el riesgo de vender como verde lo que lo es. Evitarlo nos beneficia a todas las partes», ha advertido.

Los fondos de inversión responsable: ISR

Entre los vehículos nacionales que ya se enmarcaban como productos de inversión responsable (ISR) en el folleto registrado ante la CNMV previamente a la entrada en vigor del Reglamento, prácticamente todos han actualizado su folleto en lo que va de año, si bien no en todas queda claro si el fondo es ‘verde claro’ o ‘verde oscuro’.

Algunos de esos fondos ISR gestionados por BBVA AM, Bankia Fondos o Gescooperativo sí indican claramente su inclusión en el artículo 8.

Otros, pese a la actualización y a contener la palabra sostenible en su denominación no informan del artículo en este documento y en su política de inversión apuntan ser un «fondo de inversión socialmente responsable».

Según ha podido comprobar SOCIAL INVESTOR, no todos los folletos publicados aclaran tampoco el porcentaje que destinan a ESG. Aunque otros, como el Caixabank Selección Futuro Sostenible sí recoge que «un 75% de la cartera» cumple el mandato ESG.

No podrá usar ESG en el nombre si supone menos del 50% de la cartera

En el caso de los fondos que se declaren como «fondos sostenibles» (artículo 9), deberán señalar el objetivo de inversión sostenible que persiguen, su estrategia y el porcentaje de cartera destinado a inversión sostenible o los indicadores de sostenibilidad que utilicen para medir la consecución del objetivo de inversión sostenible.

Según los criterios explicados por la CNMV, los fondos que declaren que «promueven la sostenibilidad» (artículo 8), deben explicar los factores que promueven, describir el tipo de estrategia y señalar el porcentaje mínimo de inversiones utilizado para alcanzar las características medioambientales o sociales promovidas.

Con estos datos, los inversores estarán menos expuestos al riesgo de ‘greenwashing’ o blanqueo ecológico de ciertas firmas, lo que se traducirá en una mayor confianza del inversor.

La publicidad y las comunicaciones comerciales también deben ajustarse

De hecho, el uso de los términos medioambientales en la publicidad y en las comunicaciones comerciales debe también «estar ajustado a las características del fondo en cuestión», ha recordado Martínez.

Así, un fondo de inversión que destine menos del 50% de sus inversiones a promover la sostenibilidad, no debería usar términos ESG o ASG en su denominación.

En esa línea, ha destacado la importancia de contar con un marco que «permita el desarrollo de las finanzas sostenibles sobre la base de la claridad, la fiabilidad y la comparabilidad de la información«.

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