Las 3 pautas de la CNMV para la venta masiva de fondos ESG

El supervisor insta a bancos y a asesores a tomar como referencia el borrador presentado por la ESMA para la venta de fondos sostenibles, que se masificará a partir del 2 de agosto, con la entrada en vigor de la MiFID verde

Sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha avanzado este lunes cuáles son sus indicaciones para que la industria de la gestión de activos incluya correctamente la sostenibilidad en el proceso de venta de fondos a partir del 2 de agosto, fecha en la que entra en vigor la reforma de MiFID II y el nuevo test de idoneidad, que incluye las preferencias en sostenibilidad en él.

El supervisor ha hecho públicas una serie de recomendaciones para que las entidades puedan realizar una venta correcta de productos sostenibles hasta que se cubra el vacío legal y se apruebe -previsto para septiembre u octubre- las directrices definitivas, aunque todavía podrían tardar varios meses en entrar en vigor.

«ESMA está trabajando en la actualidad en la revisión de las directrices relativas a determinados aspectos relacionados con los requisitos de MiFID II sobre idoneidad con el objetivo, entre otros, de incorporar la integración de las preferencias de sostenibilidad del cliente en el proceso de evaluación de idoneidad», explica la CNMV.

«Las directrices han sido objeto de consulta pública entre febrero y abril de 2022, y las numerosas respuestas recibidas están siendo objeto de valoración por ESMA en la redacción del Informe Final de las directrices. La aprobación de las directrices está prevista que tenga lugar en septiembre u octubre de 2022 y su entrada en vigor podría producirse 6 meses después de su traducción a todas las lenguas oficiales», apunta la CNMV.

En este contexto, la CNMV aporta varias recomendaciones para la industria de la gestión de activos, que ya ha denunciado en varias ocasiones que se enfrentan a una situación de inseguridad jurídica.

Adaptación de sistemas

El supervisor recuerda que las entidades están obligadas a aplicar los cambios en el test de idoneidad a partir del 2 de agosto e insiste en que para entonces todos los sistemas deberían estar adaptados.

«Las entidades deberán haber adaptado sus sistemas y procesos de forma que sean capaces de realizar las preguntas pertinentes a sus clientes para identificar sus preferencias en relación con la sostenibilidad, cuando deban realizar un test de idoneidad», insiste.

Esta obligación afectará a los nuevos clientes a quienes se comience a asesorar o cuando proceda actualizar el test. «Los clientes previamente evaluados deben tener la opción de actualizar la información para la evaluación de la idoneidad incluidas sus preferencias de sostenibilidad a su propia iniciativa en cualquier momento», apunta.

Tomar de referencia el borrador de la ESMA

La entrada en vigor de la MiFID verde se produce sin que la regulación esté definida; algo que preocupa a la industria que teme poder verse envuelta en acusaciones de greenwashing.

La CNMV no aporta una guía demasiado clara en este sentido. «Las entidades podrían tomar como referencia general las directrices de ESMA sobre determinados aspectos de los requisitos de MiFID II relativos a la idoneidad puestas a consulta pública, aunque debe tenerse en cuenta que previsiblemente el contenido de las directrices finales será diferente en algunos aspectos que en este momento no se pueden concretar», señala.

La CNMV incorporará las directrices dentro de sus procedimientos de supervisión una vez que entren en vigor.

La recomendación deja, por tanto, la puerta abierta a las interpretaciones, que son numerosas en lo que se refiere a la venta de producto. Por ejemplo, muchos productos englobados dentro del artículo 8 no cumplirían con las características necesarias para su venta a través del test MiFid.

Los artículos 9 no son problemáticos en este sentido, pero la gama española es muy reducida.

Formación del equipo de ventas-asesoría

Las entidades financieras españolas han vivido unos años con muy malas experiencias por la venta de productos financieros. Además de los problemas por la venta de hipotecas, también se han resentido por la colocación de preferentes, por ejemplo, como ejemplo de productos de inversión. Sobre ello, la CNMV alerta de que la venta debe realizarse por personal cualificado.

«Dada la novedad de la materia resulta fundamental que el personal de las entidades que recopile la información de los clientes cuente con los suficientes conocimientos para poder explicarles en un lenguaje sencillo y de manera comprensible los diferentes aspectos sobre los que se recaban sus preferencias», apunta el supervisor en su comunicado.

«En esta misma línea, y complementariamente al esfuerzo que tendrán que realizar las entidades para informar de estas novedades a sus clientes, desde la CNMV se considera muy relevante contribuir al conocimiento de los inversores sobre la materia y se elaborarán diversos recursos en el marco de la educación financiera», añade la CNMV.

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