Declaración de la renta: cómo declarar bien tu plan de pensiones

Tradicionalmente los planes de pensiones han sido una de las deducciones más utilizadas en la Declaración de la Renta para[…]

Tradicionalmente los planes de pensiones han sido una de las deducciones más utilizadas en la Declaración de la Renta para rebajar nuestra factura fiscal. Sin embargo, los expertos consideran que se debería incentivar más el ahorro a través de estos vehículos y piden que se mejoren las aportaciones. Para este año, la principal novedad es que las aportaciones realizadas a sistemas de previsión social del cónyuge dan derecho a reducir la base imponible hasta 2.500 euros, sin que esta reducción pueda dar lugar a una base liquidable negativa. Este límite es independiente de las reducciones realizadas a los sistemas de previsión social. 

Sin embargo, Con la reforma fiscal, se redujo el importe máximo de deducción pasando de los 10.000 euros hasta los 8.000 euros, sin embargo, siguen gozando de una ventajosa fiscalidad. Así el partícipe puede deducirse sobre un máximo de 8.000 euros y el 30% de la suma de los rendimietnos del trabajo y actividades económicas.

En cuanto al máximo de aportación al sistema de previsión del cónyuge, con ingresos de trabajo y de actividades económicas inferiores a 8.000 euros se incrementa de 2.000 euro a 2.500 euros.

Asimismo, los asesores fiscales recuerdan que se pone fecha límite para rescatar en forma de capital, con reducción del 40%, sistemas de previsión social a los que se hayan hecho aportaciones antes de 2007. En el caso de jubilación en 2015 expirará el 31 de diciembre de 2017.

Desde Gestha, el sindicato de técnicos de Hacienda, recuerdan que que deben tenerse en cuenta las reducciones que transitoriamente se han aprobado si se rescata el plan de pensiones en forma de capital, bien por jubilación, invalidez, dependencia, desempleo de larga duración, enfermedad grave y, con carácter temporal desde 15 de mayo de 2013 hasta 14 de mayo de 2017, por un procedimiento de ejecución sobre la vivienda habitual.

Tradicionalmente uno de los principales obstáculos de los planes de pensiones es la falta de liquidez. Sin embargo, existen una serie de supuestos excepcionales que permiten anticipar el cobro del plan de pensiones como una enfermedad grave y desempleo.

Así, un plan de pensiones se puede rescatar en los siguientes supuestos:

Jubilación

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Incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual, o absoluta y permanente para todo trabajo, o la gran invalidez.

Dependencia severa o gran dependencia.

Fallecimiento.

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Enfermedad Grave.

Paro

Además, podemos cobrarlo en un pago único o en cuotas periódicas.

Los planes de pensiones tributan como rentas del trabajo, con lo cual el tipo impositivo puede ir desde el 20% hasta el 47%, para los ingresos que superan los 60.000 euros.

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Para evitar sanciones, nunca hay que olvidarse de presentar declaraciones complementarias, reponiendo las reducciones en la base imponible practicadas e incluyendo los intereses de demora, en aquellos casos distintos a los citados en los que excepcionalmente se haya dispuesto total o parcialmente de estos derechos consolidados.

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