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09 de Febrero de 2010

15/10/2008 - 17:22

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Madrid, 15 oct (EFE).- El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) considera aceptable y adecuado el anteproyecto de Ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Viviendas y la Eficiencia Energética que el Gobierno aprobó el pasado mes de agosto y que persigue, entre otros objetivos, agilizar los desahucios.

El pleno del CGPJ aprobó hoy su informe sobre esta norma, elaborado por la vocal Margarita Uría, que había recibido ya el visto bueno de la Comisión de Estudios, según explicaron fuentes del órgano de gobierno de los jueces.

El CGPJ debe pronunciarse sobre los anteproyectos y disposiciones que afecten a derechos fundamentales o al funcionamiento de los juzgados y tribunales, aunque su opinión no es vinculante.

En este caso, el informe se refiere al anteproyecto de Ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Vivienda y la Eficiencia Energética en los Edificios, aprobado por el Consejo de Ministros el 14 de agosto.

Esta norma modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Propiedad Horizontal, así como diversos preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El informe señala que el propósito de la norma -"potenciar el mercado de los arrendamientos urbanos"- es "una opción legislativa legítima" que se inserta en una política de vivienda "orientada a cumplir el mandado constitucional consagrado en el artículo 47", es decir, "el reconocimiento del derecho de todos los ciudadanos a disfrutar de una vivienda digna y adecuada".

Uno de los preceptos modificados por el anteproyecto es el apartado 3 del artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que amplía los supuestos para no prorrogar un contrato de arrendamiento.

Si hasta ahora el arrendador podía negarse a prorrogar el contrato durante cinco años sólo cuando necesitara la vivienda para su propio uso, la nueva norma establece que también podrá hacerlo si lo necesitan "sus familiares en primer grado de consanguineidad".

El informe del CGPJ considera que el anteproyecto aborda esta cuestión con "absoluta prudencia y en términos que resultan plenamente aceptables".

Además, destaca que el anteproyecto incluye "cautelas jurídicas dirigidas a evitar su utilización fraudulenta", ya que si el arrendatario desalojara la vivienda y no fuera ocupada por el arrendador o sus familiares en tres meses, el inquilino podrá percibir una indemnización y/o recuperar la vivienda.

En cuanto a las modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil, su objetivo es, según el Ejecutivo, agilizar los litigios en materia de desahucio por impagos de la misma forma que se actúa cuando expira el contrato de arrendamiento.

En general, el informe considera "positiva" y "acertada" la modificación propuesta, ya que avanza en agilizar y simplificar los procesos por desahucio, aunque se incluyen algunas consideraciones críticas.

Por ejemplo, el informe apunta que los plazos máximos propuestos para los juicios verbales por desahucio podrían resultar demasiados breves, lo que tendría un efecto negativo en el derecho a la tutela judicial efectiva.

El anteproyecto modifica también la Ley de Propiedad Horizontal en el sentido de exigir una mayoría cualificada (y no la unanimidad) en las juntas de propietarios para instalar en los inmuebles equipos que mejoren la eficiencia energética, aunque sólo cuando la instalación implique cambios en el título constitutivo o en los estatutos.

El informe no señala objeciones, pero plantea que la mayoría cualificada podría utilizarse en todos los casos, ya que la instalación de ese tipo de equipos suele implicar cambios en los servicios comunes, en los que ya no es necesaria la unanimidad.


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