Deducciones autonómicas
Ya que el IRPF es un Impuesto cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas, diversas comunidades han establecido deducciones autonómicas referidas a los contribuyentes que tengan su residencia habitual en su territorio. Aquí puede encontrar la lista completa por autonomías:
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Andalucía
Por la percepción de ayudas de "apoyo a las familias (por hijos menores de 3 años y por partos múltiples)".
Por la percepción de ayudas para adquisición o rehabilitación de vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.
Por adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual: Por jóvenes menores de 35 años o cuando se trate de viviendas protegidas.
Por cantidades invertidas en el alquiler de vivienda habitual.
Para el fomento del autoempleo de los jóvenes emprendedores menores de 35 años.
Para el fomento del autoempleo de las mujeres emprendedoras.
Por adopción de hijos en el ámbito internacional.
Para sujetos pasivos con discapacidad.
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Aragón
. Deducción por nacimiento o adopción de tercer o sucesivos hijos.
. Deducción por adopción internacional de niños.
. Deducción por nacimiento o adopción del segundo hijo.
##PAGINA##Asturias##/PAGINA##
Asturias
Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años.
Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyente discapacitado.
Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan cónyuges, ascendientes o descendientes minusválidos.
Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.
Por cantidades invertidas en el alquiler de vivienda habitual.
Para desempleados menores de 30 años y para desempleadas que se establezcan como trabajadores por cuenta propia o ajena.
Para trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Por donación de fincas rústicas a favor del Principado de Asturias.
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Baleares
. Por sujeto pasivo de edad igual o superior a 65 años .
. Por cada miembro de la unidad familiar que tenga la consideración de minusválido.
. Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual por jóvenes menores de 35 años.
. Por cantidades invertidas en el alquiler de vivienda habitual por jóvenes menores de 35 años.
. Por gastos de custodia, en guardería y centros escolares de hijos menores de 3 años.
. Por gastos de conservación y mejora en áreas de suelo rústico protegido.
. Por gastos de adquisición de determinados libros de texto.
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Canarias
. Por donaciones dinerarias con finalidad ecológica a determinadas instituciones.
. Por donaciones a determinadas instituciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias.
. Por cantidades destinadas por sus titulares a restauración, rehabilitación o reparación de inmuebles inscritos en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural o afectados por la declaración de Bien de Interés Cultural.
. Por gastos de determinados estudios cursados por descendientes menores de 25 años fuera de la isla de residencia.
. Por traslado de residencia a otra isla para actividades laborales o económicas.
. Por donaciones en metálico a descendientes para la adquisición de la vivienda habitual.
. Por nacimiento o adopción de hijos.
. Por contribuyentes minusválidos y mayores de 65 años.
. Por gastos de guardería.
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Cantabria
. Por percepción de "Ayudas a las madres con hijos menores de 3 años".
. Deducción por arrendamiento de vivienda habitual.
. Deducción por cuidado de familiares.
. Deducción por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en municipios con problemas de población.
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Castilla y León
Por familia numerosa.
Por nacimiento o adopción de hijos.
Por cuidado de hijos menores.
Por sujetos pasivos minusválidos, de edad igual o superior a 65 años, que necesiten ayudas de terceras personas.
Por cantidades donadas a Fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del Patrimonio Histórico-Artístico y natural de Castilla y León.
Por cantidades invertidas en la recuperación del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural de Castilla y León.
Deducción por adopción internacional.
Deducción por la adquisición de viviendas por jóvenes en núcleos rurales.
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Castilla La Mancha
Por cuidado de descendientes menores de 3 años.
Por cuidado de ascendientes mayores de 70 años.
Por cuidado de descendientes o ascendientes discapacitados.
Por contribuyente minusválido.
Por aportaciones destinadas a la cooperación internacional para el desarrollo a:
Fundaciones cuya finalidad principal sea la dicha cooperación.
Fondo Castellano-Manchego de Cooperación Internacional al Desarrollo.
Por donaciones al Fondo Castellano-Manchego de Cooperación.
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Cataluña
Por nacimiento o adopción de hijos.
Por donativos a favor de Fundaciones o Asociaciones para el fomento de la lengua catalana.
Por alquiler de vivienda habitual por: jóvenes menores de 32 años, por desempleados, por minusválidos, por viudos/as mayores de 65 años y por familias numerosas.
Tramo autonómico de la deducción estatal por inversión en vivienda habitual:
Por el pago de intereses de préstamos al estudio universitario de tercer ciclo.
Por cantidades donadas a descendientes para la adquisición de su primera vivienda habitual.
Para los contribuyentes que queden viudos.
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Extremadura
Por adquisición de vivienda habitual nueva de protección pública por jóvenes menores de 35 años.
Por trabajo dependiente.
Por donaciones de bienes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño a la Comunidad Autónoma.
Por cantidades invertidas por sus titulares en la conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de bienes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño.
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Galicia
Por alquiler de vivienda habitual por menores de 35 años.
Por nacimiento y adopción de hijos.
Por familia numerosa.
Por cuidado de hijos menores.
Deducción para sujetos pasivos minusválidos, de edad igual o superior a 65 años, que precisen ayuda de terceras personas.
Deducción por gastos dirigidos a uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos.
##PAGINA##Madrid##/PAGINA##
Madrid
Por nacimiento o adopción de hijos.
Por adopción internacional de niños.
Por acogimiento familiar de menores.
Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados.
Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 35 años.
Por donativos a Fundaciones culturales y/o asistenciales, sanitarias y otras de naturaleza análoga.
Por la percepción de ayudas a quienes sufrieron prisión durante al menos un año.
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La Rioja
Por nacimiento o adopción de segundo o ulterior hijo.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual por jóvenes.
Por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en medio rural.
Por inversión no empresarial en la adquisición de ordenadores personales dirigidos a la introducción del uso de las nuevas tecnologías en el entorno doméstico.
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Murcia
Tramo autonómico de la deducción estatal por inversión en vivienda habitual.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual por jóvenes.
Por donaciones a determinadas instituciones para la protección del Patrimonio Histórico Artístico de Murcia.
Por gastos de guardería para hijos menores de 3 años Reproduce normativa estatal.
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Valencia
Tramo autonómico de la deducción estatal por inversión en vivienda habitual.
Por nacimiento o adopción de segundo o posterior hijo.
Por nacimiento o adopción múltiples.
Por nacimiento o adopción de un hijo discapacitado.
Por familia numerosa.
Por contribuyente discapacitado mayor de 65 años.
Por la realización por uno de los cónyuges de labores no remuneradas en el hogar.
Por adquisición de primera vivienda habitual por jóvenes menores de 35 años.
Por adquisición de vivienda habitual por discapacitados.
Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas.
Por arrendamiento de vivienda habitual.
Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto al de residencia.
Por donaciones con finalidad ecológica a determinadas entidades.
Por donaciones relativas al Patrimonio Cultural Valenciano.
Por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana
Por cantidades destinadas a inversiones para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual.
Por cantidades destinadas a la custodia en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos menores de 3 años.
