27 de Mayo, 18:51 pm
a punto de comenzar la campaña

Cómo prepararse ya para la declaración de la renta de 2010

JOSÉ M. CAMARERO

La principal novedad es la retención por sus productos mobiliarios

La campaña de la Renta trae importantes novedades: si su entidad no le ha aplicado el tipo correcto por los intereses de sus productos mobiliarios, tendrá que abonarlos en la Declaración

 

Ni la desaparición de los 400 euros, ni las nuevas deducciones autonómicas, ni, por supuesto las medidas anunciadas durante 2010, que no serán efectivas hasta este ejercicio. La principal novedad de la campaña de la Declaración de la Renta de este año, que está a punto de iniciarse, afecta directamente a los ahorradores e inversores. Y les puede tocar el bolsillo, si las retenciones realizadas durante el año pasado no las hicieron correctamente.

Desde el 1 de enero de 2010, los rendimientos mobiliarios tributan al 19%, si las ganancias son inferiores a 6.000 euros; ó al 21%, si superan los 6.001 euros.

Ajustes de rentas

Al tratarse de una retención a cuenta -la entidad la realiza en el mismo momento en que se satisfacen las rentas correspondientes-, lo más probable es que, en principio, su banco o caja le haya aplicado el menor de los tipos impositivos (el 19 %). Sin embargo, si a 31 de enero de 2010, los rendimientos o ganancias patrimoniales que haya obtenido durante ese ejercicio han superado los 6.000 euros, deberá tributar por el 21%.

La factura puede ser importante. Porque, por ejemplo, si obtuvo 5.999 euros, le habrán retenido 1.139 euros en concepto de IRPF. Pero si, por diversas circunstancias, por ejemplo, obtuvo 10.000 euros en rendimientos mobiliarios y le retuvieron un 19% (1.900 euros), en realidad le tendrían que haber aplicado el tipo del 19 hasta los 6.000 euros (es decir, 1.140 euros); y el tipo del 21% para los 4.000 euros restantes, esto es, 840 euros. Esto es, en total, 1.980 euros, frente a los 1.900 retenidos inicialmente. Por tanto, será ahora, en la Declaración, cuando tenga que liquidar a favor de Hacienda esa diferencia de 80 euros que le restan por abonar.

Es lo mismo que ocurre con las retenciones del trabajo, "que se van regularizando a medida que avanza el ejercicio", explica Begoña Villacís, del departamento fiscal de Legálitas. "Si las retenciones se hicieran bien durante todo el año, al presentar la Declaración, no debería resultar nada ni a pagar ni a devolver", indica Villacís. "Este año puede haber más de una sorpresa al liquidar la Renta" por estos cambios normativos.

Si durante el año pasado se benefició de la reducción del tipo de retención por trabajo, por estar pagando una hipoteca, ahora llega el momento de regularizar esta situación. Esa medida, de la que se podían beneficiar las rentas inferiores a 33.000 euros anuales, consistía en una reducción de dos puntos del IRPF en su nómina. Ahora, tendrá que abonar esa diferencia, aunque podrá compensar este pago con las diferentes deducciones fiscales, como la propia de la vivienda habitual, entre otras.

También conviene recordar que el año pasado desapareció la deducción generalizada de 400 euros por trabajo.

Más desgravación por reformas

Si ha realizado obras de mejora en su vivienda habitual, se puede beneficiar de una nueva deducción, que se puso en marcha en abril de 2010, y que continúa vigente hasta diciembre de 2012.

En concreto, puede desgravarse un 10 % de las cantidades satisfechas para estas obras, con un límite de 4.000 euros anuales, para rentas superiores a 33.007 euros; para bases imponibles superiores, el límite máximo se irá reduciendo progresivamente.
Para beneficiarse de esta nueva deducción, no deberá abonar el importe de la obra mediante efectivo, para evitar el fraude fiscal. Y es una desgravación incompatible con la de vivienda habitual.

Como todos los años, cada Comunidad Autónoma ha incorporado nuevas desgravaciones a la lista de sus deducciones fiscales para el IRPF. "Parece que existe un efecto contagio", explican desde el Colegio de Economistas de España. "Unos territorios emulan a otros cuando introducen novedades", explican.

Nuevas deducciones autonómicas

En el caso de la tarifa del Impuesto de la Renta, Madrid y La Rioja la han rebajado un 1 %; y Murcia y la Comunidad Valenciana, un 0,25%.

Además, seis Comunidades han incorporado nuevas deducciones.

En Aragón, existe una nueva desgravación de 250 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar.

En Canarias, ya se aplica una deducción de 100 euros para los contribuyentes que perciban prestaciones por desempleo durante más de medio año. Este beneficio se puede aplicar con efectos del 1 de enero de 2009.

En Castilla y León, sus ciudadanos pueden deducirse un cinco % de las inversiones realizadas en instalaciones de recursos energéticos renovables y ahorro de agua en vivienda habitual, con un máximo de 10.000 euros.

En Cataluña, se ha establecido una deducción del 20 % (con un límite de 4.000 euros) de las cantidades invertidas en adquisición de acciones en la constitución o ampliación de capital de una sociedad; y otro 20 % para quienes hayan invertido en ampliaciones llevadas a cabo en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), con un máximo de 10.000 euros.

En Madrid, se aplica una deducción del 10 % del a cuota íntegra autonómica, para contribuyentes con dos o más descendientes con derecho a la aplicación de ese mínimo y cuya suma de bases no supere los 24.000 euros.

También se pueden deducir un 20 % de las cantidades invertidas en constitución o ampliación de sociedades.

Novedades en la Renta 2010

400 EUROS. Ya no se pueden deducir los 400 euros que, de forma generalizada, beneficiaron a todos los contribuyentes hasta 2009. Sólo se aplica a quienes hayan ganado menos de 12.000 euros durante 2010.

Rendimientos mobiliarios.  Recuerda que, por primera vez, los rendimientos tributan al 19 %, si son inferiores a 6.000 euros; y al 21 %, si son superiores. Si su entidad no le ha aplicado la retención a cuenta de forma correcta, deberá abonar ahora la diferencia.

Indemnizaciones por despido.  Aumenta de 20 a 45 días de salario por año trabajado el importe de la exención para las cantidades percibidas ERE´s.

Nueva deducción por rehabilitación. Bonificación del 10 % sobre las cantidades invertidas para obras de mejora en la vivienda habitual, realizadas desde el 14 de abril de 2010.

Tarifas autonómicas más bajas. En Madrid y La Rioja se paga un 1 %; en la comunidad Valenciana y Murcia, un 0,25 % menos.

Deducciones autonómicas por vivienda. Cataluña ha reducido la parte autonómica, en general; y la ha aumentado en algunos supuestos. En Baleares se ha establecido un tipo más alto para obras de adecuación para discapacitados.

Nuevas desgravaciones autonómicas por circunstancias personales y empresariales en las Comunidades de Aragón, Canarias, Castilla y León, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana.

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