La AIF, en contra de la nueva ley del mercado hipotecario
Ante la posible caída en los precios de la vivienda, los bancos podrían encontrarse con la situación de que han prestado a muchos clientes una cantidad de dinero que ya no está cubierta por el valor de la vivienda hipotecada. En lugar de proteger a quienes se encuentran con dificultades para seguir pagar una vivienda sobrevalorada, la nueva ley se pone del lado de la banca, que podrá exigir la hipoteca de otra vivienda o recurrir al aval.
AIF opina que sí que es cierto que la situación tampoco es fácil para los bancos, y hace hincapié en que es necesario un sistema financiero sano para poder salir de cualquier situación de crisis y obtener un crecimiento estable y sostenible del país, haciendo uso de las últimas recomendaciones del FMI. No obstante considera AIF que no se trata de poner garantías adicionales de cualquier manera y a cualquier precio, sino que este problema debería resolverse con otras medidas, sobre todo cuando se trata de la vivienda habitual.
Especialmente teniendo en cuenta que las propias entidades bancarias han sido las que han abusado de la bonanza económica, ofreciendo hipotecas hasta al 120 por cien y créditos rápidos, sin tener en cuenta las advertencias acerca de un posible frenazo inmobiliario, y en mayoría de los casos sin informar a los clientes de la garantía personal más allá de la garantía real del propio bien hipotecado.
Esta posibilidad parece haberse aprobado además con nocturnidad: el decreto lleva fecha del 11 de marzo, dos días después de las elecciones (aunque estará sometido a consulta pública hasta el 25 de abril) y esta posibilidad está escondida en el desarrollo normativo de una ley pensada para abaratar los costes de los cambios de hipoteca.
Hay que recordar que normalmente lo que la gente realiza es un préstamo personal con garantía hipotecaria, es decir, es un préstamo personal en primer lugar al que por encima se le pone una hipoteca como garantía. La hipoteca es una garantía real, pero ante todo subyace la garantía personal del tenedor por encima de la garantía real, con lo que el margen de solvencia está ya en principio cubierto para la banca. La mayoría de clientes de hipotecas desconocen esta situación: creen que tienen una hipoteca a secas y lo que tienen es un préstamo con garantía hipotecaria, pero la garantía no acaba con el bien hipotecado.
La nueva normativa facilitaría a la banca aumentar esa garantía personal bloqueando otros bienes reales del cliente. AIF entiende que este aumento de garantía de solvencia de la entidad financiera debería ser contemplado de otra manera mediante la garantía personal que ya tiene y no mediante otra nueva garantía real. El cliente no habría previsto que tuviese esta nueva garantía tuviera que estar vinculada a la garantía hipotecaria principal, de modo que esto podría afectar a la libre disponibilidad de terceros en el caso de copropiedades, lo que podría provocar una gran alarma social por el posible perjuicio a terceros.
La asociación considera que se trata de una maniobra de justificación política, dado que en la mayoría de las cláusulas de los préstamos hipotecarios ya está previsto que la entidad financiera, en caso de no poder recobrar el préstamo, pueda optar a exigir personalmente e incluso a solicitar una ampliación de garantías. Parece como si la desprotección a la que ha estado sujeto el cliente dado que nadie le ha explicado esta situación, ni el notario ni la entidad financiera, quiera ser legislada para evitar así que los mismos puedan alegar dicho desconocimiento. Y es que este desconocimiento es real: al cliente del préstamo hipotecario no se le ha explicado bien el alcance de su responsabilidad.

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