Economía/OPA.- Endesa reclama ante la CNMV y el TDC que 'La Caixa' lance una OPA por el 100% de Gas Natural
La decisión de presentar esta denuncia ante estas dos instancias fue adoptada ayer por el consejo de administración de la eléctrica, que entiende que la caja catalana tiene el control del consejo de la gasista (9 de los 17 miembros que lo integran) pese a contar sólo con un 32% del capital social de la compañía, tras haber elevado su participación en un 5,69% entre diciembre de 2003 y enero de 2005.
El Decreto de OPA's establece que es de obligado cumplimiento lanzar una OPA sobre el total del capital social de una empresa cuando se ha alcanzado en el mismo un porcentaje suficiente como para poder designar a la mayoría absoluta del consejo de administración, incluso si no se ha alcanzado el 51% de la propiedad.
'La Caixa' ha nombrado a cinco miembros del consejo de Gas Natural, entre ellos a su presidente, Salvador Gabarro, pero otros cuatro miembros son propuestos por Repsol YPF --entre ellos su primer ejecutivo, Antonio Brufau--, propietaria del 31% de la gasista y participada a su vez por la caja catalana en casi un 15%.
Endesa entiende que la situación de excedencia de 'La Caixa' de que goza Brufau --de la que ha sido director general durante 17 años-- y su condición de presidente de Repsol le han facultado para participar en el nombramiento de los otros tres representantes de la petrolera en el consejo de la gasista.
De este modo, la eléctrica subraya en su denuncia los vínculos con 'La Caixa' de consejeros que en teoría no le representan. Así, además del presidente de Repsol y del consejero delegado de Gas Natural, Rafael Villaseca, cita a los consejeros Fernando Ramírez Mazarredo, Nemesio Fernández-Cuesta, Guzmán Solana, Carlos losada, Emilio López Achurra, Miquel Vals y Jaime Vega de Seoane.
Además, en la denuncia Endesa cuestiona el pacto de control que mantienen desde 2000 'La Caixa' y Repsol en Gas Natural (ambos controlan casi el 63% del capital), lo que hace 'de facto' a la gasista invulnerable a una OPA.
Dicho pacto, renovado en mayo de 2002 y junio de 2003 ha permitido a ambos socios consensuar los planes estratégicos de Gas Natural y crear una comisión ejecutiva con ocho miembros --tres de 'La Caixa, tres de Repsol y dos independientes-- en la que figuran también Brufau y Villaseca, según publica hoy el diario 'Cinco Días'.
RECURSO ANTE EL TRIBUNAL DE LUXEMBURGO.
Por otro lado, Endesa presentó la pasada medianoche ante el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas recurso de anulación contra la decisión de la Comisión Europea de 15 de noviembre que declaraba que la OPA anunciada por Gas Natural sobre la compañía no daba lugar a una concentración de dimensión comunitaria.
Según informaron a Europa Press en fuentes de Endesa, el recurso, para el que se ha solicitado al Tribunal la aplicación del procedimiento acelerado, se basa en una serie de vicios de procedimiento y motivos de fondo que justifican la anulación solicitada.
Desde el punto de vista procedimental, Endesa entiende que ha existido falta de transparencia en la tramitación del procedimiento, con una sustancial violación del derecho a formular alegaciones, ya que no se le dio traslado de los documentos presentados por Gas Natural ni se le informó de la permanente intervención en el mismo del Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) español.
Por otro lado, Endesa considera que la decisión comunitaria impugnada se tenía que haber adoptado con anterioridad a la decisión sobre la petición de reenvío que países como Italia y Portugal habían formulado a la Comisión.
Junto a estos vicios procedimentales, tal y como los considera Endesa, la eléctrica que preside Manuel Pizarro entiende también que, de conformidad con el derecho comunitario, la Comisión Europea debía haber requerido a las autoridades españolas la suspensión del procedimiento que había venido desarrollándose en paralelo.
VIOLACIÓN DE LAS NORMAS COMUNITARIAS DE JURISDICCIÓN.
En relación con las cuestiones materiales, la decisión de la Comisión constituye a juicio de Endesa una violación de las normas comunitarias en materia de jurisdicción, al considerar que Bruselas debía haber analizado de oficio su propia competencia exclusiva para conocer la operación, en vez de imponer a Endesa la carga de probar la competencia comunitaria, como así ocurrió, señalan las mismas fuentes.
Por otro lado, Endesa resalta que la Comisión no se pronuncia en su decisión sobre el hecho de que en la fecha en que se anunció la OPA los únicos principios contables en vigor eran las Normas Internacionales de Contabilidad NIC/NIIF, estando disponibles con carácter público y definitivo con anterioridad a dicho momento las cuentas consolidadas en NIC del último ejercicio de Endesa.
DUPLICIDADES EN CIFRAS DE VENTA.
Igualmente, Endesa considera que, con independencia del motivo anterior, la decisión de la Comisión es manifiestamente contraria al artículo 5 del Reglamento de Concentraciones, ya que no recoge ajustes que eviten distorsiones en las cifras de venta que, a su juicio, resultan necesarios de acuerdo con la normativa comunitaria, y que incluso los principales competidores de Endesa han recogido en sus últimos estados financieros (fundamentalmente los ingresos que no corresponden a la actividad propia de las empresas distribuidoras).
Además, Endesa entiende que la decisión ahora impugnada está notablemente falta de motivación, lo que, en su opinión, es sorprendente, teniendo en cuenta el largo periodo transcurrido desde el inicio del expediente.
| 30/Nov/2005 12:15:03 (EUROPA PRESS) 11/30/12-15/05 "

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