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Economía

10 de Julio de 2009
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ANDALUCIA.-Caldera anuncia que los desempleados que se constituyan como autónomos dispondrán del 40 por ciento de su prestación

24/11/2005 - 18:10
SEVILLA, 24 (EUROPA PRESS).- El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, anunció hoy que los desempleados que quieran autoemplearse como trabajadores autónomos podrán percibir, de una sola vez, el 40 por ciento de la prestación por desempleo para financiar los gastos de inversión del inicio de la actividad.

Caldera, que recordó que en la actualidad los parados que se dan de alta como autónomos sólo pueden reciben el 20 por ciento de su prestación, señaló que la estimación de su Departamento es que más de 50.000 desempleados utilicen ese 40 por ciento de la prestación para conseguir su propia ocupación como autónomo o socio trabajador de cooperativa o sociedad laboral. El resto de la prestación podrá ser utilizado para cubrir los gastos de las cotizaciones sociales.

Con este incremento, los desempleados que capitalicen la prestación contarán con 4.240 euros de media para iniciar su negocio, en lugar de los 2.120 euros actuales, y de 6.400 euros para reducir el coste de cotizaciones a la Seguridad Social

Esta medida, que será previsiblemente aprobada mañana por el Consejo de Ministros, se enmarca en las políticas de fomento de autoempleo del Ministerio y se llevará a cabo tras "el buen resultado" obtenido en los últimos años mediante la transformación de políticas pasivas de protección al desempleo en activas, ya que el 90 por ciento de los beneficiarios que han hecho uso de esta medida desde el año 2002, en que entra en vigor, continúa con su actividad, y el 10 por ciento restante la mantuvo durante, al menos, un año.

Por otra parte, el Real Decreto que Caldera someterá mañana a la aprobación del Consejo incluye, como medida para favorecer la estabilidad en el empleo, la posibilidad de que trabajadores que han tenido una relación laboral temporal previa con cooperativas o sociedades laborales, no superior a 24 meses, en lugar del límite vigente de 12 meses, puedan percibir la prestación por desempleo en su totalidad par aportarla a estas empresas de autoempleo colectivo para formar parte como socios trabajadores.

Asimismo, se amplía el importe de la prestación que se puede percibir en un pago único para ser socio trabajador de una cooperativa, al extenderlo también a las aportaciones voluntarias y a la cuota de ingreso en la misma y no sólo a la aportación obligatoria.

Por último, se adelanta el abono de la prestación mensual en vez de trimestral para subvencionar la cotización del trabajador autoempleado a la Seguridad Social.

El Ministerio concluye indicando que con este Real Decreto se dará respuesta a las demandas presentadas por las organizaciones que representan al sector de la economía social y del trabajo autónomo, gracias a medidas acordadas en la Mesa de Diálogo Social sobre mercado de trabajo.

| 24/Nov/2005 19:15:14 (EUROPA PRESS) 11/24/19-15/05 "






  

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