Congreso acepta enmienda Senado para que autónomos cobren ayuda de 425 euros
Madrid, 21 jul (EFE).- El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó hoy definitivamente el sistema de protección por cese de actividad de los autónomos, en el que finalmente se contempla que los emprendedores cobren una nueva prestación no contributiva de 425 euros tal y como se había acordado en el Senado.
El Congreso aceptó una enmienda de la Cámara Alta por la que los autónomos que hayan cesado su actividad profesional o empresarial a partir del 1 de enero de 2009 y que no reciban ninguna otra prestación pública cobrarán 425 euros durante un máximo de seis meses, siempre y cuando recibieran algún tipo de formación.
Esta enmienda fue pactada por el PP y CiU en el Senado y desde el principio tuvo la férrea oposición del PSOE, que hoy ha visto en el Congreso como perdía esta importante votación (175 diputados la aceptaron, 171 no y 3 se abstuvieron).
Durante el debate de esta tarde en el Congreso, el diputado del PSOE Pedro Sánchez advirtió de que la creación de esa nueva ayuda de 425 euros supondrá un mayor gasto público, algo que, denunció, es incoherente y va en contra de la austeridad que les exige el PP.
Además, consideró que dar automáticamente esa ayuda desincentivará el que los autónomos coticen para cubrir posibles ceses de actividad.
No opinó lo mismo el diputado de CiU Carles Campuzano, quien no consideró "lógico" que ayer se aprobase una nueva prórroga de seis meses para que los trabajadores por cuenta ajena que hayan agotado su prestación puedan recibir 426 euros, y hoy esa posibilidad se les niegue a los emprendedores.
Según el sistema de protección por cese de actividad aprobado hoy, la cobertura contributiva estará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación de cese de actividad de los que, al menos, 12 deben ser continuados e inmediatamente anteriores a la inactividad.
Así, para un período de cotización de 12 a 17 meses la protección será de 2 meses; que aumentará a 3 meses si se ha cotizado entre 18 y 23 meses.
Si la cotización ha sido de 24 a 29 meses la cobertura será de 4 meses; si ha sido de 30 a 35 meses la protección será de 5 meses y de 6 meses si el período de cotización ha sido superior a los 36 meses.
Para cobrar la protección los autónomos deberán destinar el 1,5% de su base de cotización al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA).