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22 de Mayo, 09:07 am

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CONSECUENCIAS LEGALES

¿Qué ocurriría si la Justicia paralizase la amnistía fiscal?

José Mª Camarero

No merece la pena jugársela con la amnistía fiscal, al menos por el momento. La indefinición de la medida que anunció el Gobierno en abril para que florecieran 25.000 millones de euros ocultos se ha transformado en una inseguridad jurídica cuyos efectos podrían tumbar esta iniciativa fiscal. Si tenía pensado acogerse a la amnistía, para abonar un 10% en impuestos, y así olvidarse de cualquier remordimiento ante Hacienda, es mejor que lo haga en una fecha lo más cercana posible al fin del plazo de esta campaña.

Será el próximo 30 de noviembre cuando expire el periodo de gracia que ha concedido la Agencia Tributaria para que determinados contribuyentes actualicen sus cuentas con el fisco. Pero los recursos presentados tanto ante la Audiencia Nacional como ante el Tribunal Constitucional (TC) generan dudas en un proceso al que apenas se han incorporado un centenar de personas hasta ahora. Son muchas las cuestiones que planean sobre los ciudadanos. «Con un contexto tan cambiante, la mayoría de los contribuyentes están esperando hasta octubre y noviembre», explica Eduardo Ramírez, socio de Cuatrecasas Gonçalves. Aunque "la mera admisión a trámite de un recurso no afecta a las personas que se han acogido a la amnistía", puntualiza Isabel Gozalo, letrada de los Servicios Jurídicos del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

-El recurso ante la Audiencia Nacional
El primero de los dos recursos, que ya ha sido admitido a trámite, corresponde a la Audiencia Nacional. Este tribunal no podría paralizar la amnistía, aunque sí una parte. "Se estima que la Orden Ministerial que desarrolla la regularización va más allá del contenido del Decreto que la aprobaba", indica Eduardo Ramírez. En concreto, ese exceso se debe a que la Orden incorpora la regularización del dinero en efectivo, una posibilidad que no había sido contemplada inicialmente por el Decreto.

Al final, si la Audiencia Nacional diera la razón al recurso, "podría dejarse como un texto nulo y así se considera que nunca se habría dictado", explica Ransés Pérez Boga, vicepresidente de la Organización de Inspectores de Hacienda (OPIH). En la práctica, "afectaría a quienes regularicen el dinero en efectivo, pero no al resto de bienes", explica este inspector. Aún así, Ransés Pérez indica que los ciudadanos afectados "deberían demostrar que tienen ese dinero desde hace mucho más tiempo" que el que establece la prescripción de cuatro años. Así evitarían cualquier represalia por parte de Hacienda.

-El trámite en el Constitucional, más complejoEl verdadero problema podría llegar cuando el Tribunal Constitucional admitiese a trámite el recurso que también se ha presentado ante este organismo; y, más aún, si se acepta la inconstitucionalidad de la amnistía fiscal.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que este tribunal "suele tardar años en pronunciarse", indican desde el departamento del ministro Cristóbal Montoro. Esto es, entre cuatro y cinco años. En la práctica, Eduardo Ramírez explica que la tardanza del TC implica que aunque el tribunal anulara el Decreto, todas las declaraciones presentadas para regularizar bienes ocultos ya estarían prescritas, si transcurren más de cuatro años, a contar desde el próximo 30 de noviembre.

Por su parte, el vicepresidente de la OPIH recuerda otros casos similares de recursos contra normas tributarias que triunfaron ante el TC. La experiencia demuestra que, por seguridad jurídica, se suele interpretar que una declaración no es firme en el momento en el que el ciudadano presenta la auto-liquidación; sino cuando ya ha transcurrido el periodo de prescripción fiscal. "El problema es que no hay una ley que regule esta realidad y, por tanto, nada se puede dar por sentado", indica Pérez Boga.

Si el recurso triunfase, las consecuencias legales serían "las que se contemplen en la propia normativa derogatoria", explica Isabel Gozalo. En general, supondría que "a partir del momento de su entrada en vigor, dejará de ser de aplicación", indica esta abogada del CGAE.

En realidad, se trata de predicciones de futuro sobre los que aún hoy nadie conoce el resultado final. Por ello, el número de contribuyentes que han materializado su pretensión de acogerse a la medida es aún tan reducido.

Ante esta situación, lo más probable es que "sea en el último trimestre cuando comience a activarse de nuevo" el proceso de solicitudes, indican fuentes de Hacienda. Así también lo recomiendan los expertos fiscales. En primer lugar, porque, incluso aunque no existieran dudas jurídicas sobre la amnistía, los contribuyentes prefieren esperarse hasta los últimos días de cualquier campaña tributaria (como la del Impuesto de la Renta) para así aplazar el abono de la cuota que tengan que abonar. Si, además, como ocurre en este caso, se encuentran ante determinadas dudas, la mejor opción pasa por acogerse a la medida cuando parte de esta inseguridad legal se haya aclarado.

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