Hacienda aún vigila su Declaración de este año
Se abre un periodo de verificación de seis meses más otros cuatro años en los que su Renta puede ser investigada. El fisco coteja, sobre todo, datos como la deducción por vivienda.
Aunque las devoluciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se están agilizando en esta campaña, sería bueno que conserve cuidadosamente los documentos de su Declaración o que guarde en su ordenador la liquidación en el Programa PADRE (Ayuda a la Renta) de este año. La rapidez con la que la Agencia Tributaria está realizando los abonos en estas últimas semanas (hasta el 29 de junio, se habían devuelto ya el 75% de las liquidaciones solicitadas por los contribuyentes) puede hacer olvidar a más de un ciudadano los compromisos que mantiene con el fisco, al menos, hasta dentro de cuatro años.
Verificación hasta diciembre Una vez presentada la Declaración, se abre un primer periodo denominado de "verificación". Este proceso abarca los seis próximos meses, hasta el 31 de diciembre de 2012, que es cuando realmente finaliza la liquidación de la Renta. "En este primer periodo, se verifican los borradores que fueron modificados por los contribuyentes", explica José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha). Este experto también apunta que se trata de unos meses en los que la Agencia Tributaria "comprueba discrepancias que puedan existir entre los datos de que dispone el fisco y los pagadores que informaron sobre diferentes cuantías", indica Mollinedo.
Aunque el fisco puede revisar cualquier tipo de Declaración de la Renta, existen algunas en las que las investigaciones "son más proclives", según indican fuentes de la Agencia Tributaria. Por ejemplo, los datos relacionados con los intereses de cuentas bancarias, los movimientos de dinero o los registros de las actividades empresariales (autónomos) "suelen suponer que salte alguna alerta", indican en el fisco. Este tipo de investigaciones se suelen llevar a cabo cuando la discrepancia entre los datos que Hacienda tiene en su poder y los que declara el contribuyente se enfrentan de forma llamativa.
Condiciones flexibles
En cualquier caso, si la Agencia Tributaria investiga de forma minuciosa el contenido de una Declaración, no implica que el contribuyente tenga que abonar una sanción o se le impute un delito fiscal. Habitualmente, a ese ciudadano se le requiere algún tipo de documentación con la que pueda demostrar los datos que ha incluido en su liquidación del IRPF, si es necesario. Además, el mes de agosto se encuentra declarado inhábil.
Hasta finales de año, los contribuyentes pueden aportar la documentación que sea necesaria para justificar la Declaración presentadadurante esta Campaña de la Renta, y así evitar el peligro de recibir un requerimiento de Hacienda en un futuro.
Prescripción tras cuatro años
En principio, la Declaración presentada este año se encuentra latente hasta el ejercicio de 2016. Por ahora, son cuatro los años de los que dispone el fisco para investigar en profundidad cualquier liquidación del IRPF. Aunque el Gobierno ya ha anunciado que este periodo de prescripción se prolongará hasta los cinco años. Y si se trata de un delito de carácter penal con tipo agravado, hasta diez años.
En los cuatro años siguientes, hasta 2016, "ya no hablamos de gestión, sino de un proceso puro de inspección", avisa José María Mollinedo, de Gestha. Entre los casos más vigilados, se encuentran los siguientes:
-Pequeñas y medianas empresas (pymes) o los trabajadores por cuenta propia (autónomos).
-Las cantidades declaradas en la deducción por vivienda. Sobre todo, si se trata del primer año de adquisición del inmueble, en el que se incorporan los tributos asociados a la compra, como el Impuesto de Valor Añadido (IVA).
La mejor opción es permanecer atento a cualquier correspondencia que pueda recibir por correo ordinario. Recuerde que, desde enero de 2011, si se trata de una persona jurídica (autónomos, empresas, etc.), las relaciones con Hacienda sólo se establecen a través de Internet. Además, debería recabar toda la documentación posible que justifique los datos que acaba de incorporar en su Declaración de la Renta.