27 de Mayo, 07:16 am
Caso de las monjas del convento de Zaragoza

Guardar los ahorros bajo el colchón no es ilegal

JOSÉ MARÍA CAMARERO

Hacienda investiga a los contribuyentes que manejen "grandes cantidades" en efectivo, pero si justifica su procedencia, no hay delito imputable.

El armario de su dormitorio, la cacerola de la cocina, debajo de la plaqueta del suelo o en el colchón. Son los "depósitos" popularmente más reconocidos para guardar su dinero, frente a cualquier activo bancario. Siempre existe el temor de que Hacienda pueda sorprenderle con fajos de billete en su casa.

Pero no se preocupe, porque no existe ningún impedimento legal para guardar todo el efectivo que haya ganado lícitamente fuera de una entidad financiera. Eso sí, se arriesga a que pueda perderlo todo de un plumazo si los avispados ladrones se hacen con el botín.

Esto es precisamente lo que les ha ocurrido a las hermanas del convento de Santa Lucía de Zaragoza. ¿Estaban cometiendo algún delito por tener tanto dinero en su convento? Aparentemente no. El problema surgirá si estas monjas no pudieran justificar su procedencia ante la Agencia Tributaria. Hasta ahora, habían indicado que ese dinero procedía de los ahorros acumulados por la congregación con el paso de los años; pero también de la venta de cuadros de una de las religiosas. En cualquier caso, se tendrán que esforzar en demostrar, no tanto por qué guardaban el dinero en bolsas de plástico, sino dónde lo habían obtenido y si había pasado por los filtros fiscales.

Al contrario de lo que ha sucedido en otras épocas de racionamiento, escasez y bloqueo del país, en España se puede disponer de su dinero como le apetezca. "Es legal tener todo el efectivo que se quiera en casa o en otro lugar diferente al banco", indican fuentes de la Agencia Tributaria.

Sin embargo, debe ser consciente de que, si utiliza "grandes cantidades" de dinero en sus compras o contratos de servicios, indican, Hacienda sí que puede iniciar una investigación al considerar que podría tratarse de un delito fiscal. "La utilización de mucho efectivo puede ser indicio de un fraude fiscal", indican en el fisco.

Porque, por ejemplo, las entidades financieras están obligadas a notificar anualmente a Hacienda la información de todos los ingresos, reintegros y cobros de cualquier documento que realicen en metálico y su importe sea superior a 3.000 euros.

Ante un requerimiento del fisco, el inicio de una investigación no implica una sanción. Hacienda debe demostrar que usted ha obtenido ese dinero de forma ilegal. Sin embargo, si ese efectivo que tiene bajo el colchón proviene de su trabajo, de actividades económicas o de una herencia, por ejemplo, y ya ha tributado mediante el gravamen del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), o Impuesto de Valor Añadido (IVA), Impuesto de Sucesiones, o cualquier otro tributo correspondiente a ese ingreso, no tiene por qué haber problemas.

Donde sí existe un límite a la hora de moverse con efectivo es cuando salga de España. Si quiere llevar en sus maletas más de 10.000 euros en billetes o monedas, deberá presentar una notificación tributaria ante Hacienda. Esta traba se realizar "para controlar los movimientos de efectivos internacionales", indican en el fisco.

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