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Economía

06 de Julio de 2008
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La Reforma Fiscal en el IRPF (I)

23/01/2007 - 10:27
Durante el pasado mes de diciembre dábamos las claves para poder reducir nuestro pago en la próxima declaración de la renta...

La Reforma Fiscal en el IRPF (II)

La reforma fiscal en el IRPF (III)

La reforma fiscal en el IRPF (IV)

Y durante las primeras semanas de enero hemos comentado las principales modificaciones fiscales introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, así como los cambios introducidos en las retenciones aplicables en el IRPF.

Con este artículo iniciamos una serie de comentarios sobre la actual reforma del IRPF. Es importante recordar que vamos a analizar las principales novedades que pueden afectar a un mayor número de personas obviando otras modificaciones que pese a ser importantes pueden tener un menor alcance:

Las principales novedades introducidas con la reforma del IRPF son las siguientes:

 1.- Se establece una exención en los dividendos o participaciones en beneficios con el límite de 1.500 euros anuales, exención no aplicable a los  dividendos procedentes de instituciones de inversión colectiva, ni en operaciones  denominadas de ?lavado de cupón?.

 2.- Se modifican las reducciones por rendimientos del trabajo:

Rendimiento Neto del Trabajo

Reducción

Igual o inferior a 9.000 ?/año

4.000 ?

Entre 9.000,01 y 13.000

4.000-(0,35%(RNtrab-9.000))

Más de 13.000

2.600 ?

En determinados casos se incrementarán en un 100% dichas reducciones.

3.- Se modifican las reglas de valoración de operaciones vinculadas y  estimación de rentas, este tema lo comentaremos especialmente con ocasión del  análisis de la nueva Ley de medidas para la prevención del Fraude Fiscal.

4.- Se establece una nueva escala general o tarifa del impuesto que pasa  de tener cinco a tener cuatro tramos:

Base Liquidable

H
asta euros

Cuota Integra

Euros

Resto base Liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

Porcentaje

0

0

17.360

15,66

17.360

2.718,58

15.000

18,27

32.360

5.459,08

20.000

24,14

52.360

10.287,08

En adelante

27,13

5.- Se establece del mismo modo una nueva escala autonómica o complementaria del impuesto que pasa también de tener cinco a tener cuatro  tramos:

Base Liquidable

H
asta euros

Cuota Integra

Euros

Resto base Liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

Porcentaje

0

0

17.360

8,34

17.360

2.718,58

15.000

9,73

32.360

5.459,08

20.000

12,86

52.360

10.287,08

En adelante

15,87

Conviene recordar que esta tarifa autonómica se aplica en caso de que la comunidad autónoma en que residamos no haya aprobado su tarifa propia.

6.- En consecuencia el tipo marginal queda establecido en el 43%.






  

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