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Economía

05 de Julio de 2008
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Economía/Consumo.- El Gobierno aprueba una norma para la seguridad de los productos avícolas y la ordenación del sector

16/09/2005 - 13:01
MADRID, 16 (EUROPA PRESS).- El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto sobre ordenación de la avicultura de carne, por el que se establecen los requisitos para la ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones avícolas para producción de carne. Esta nueva regulación redundará en beneficio de la calidad y seguridad de los productos, ajustándose con ello a las demandas del consumidor.

En la elaboración de la nueva normativa se han tenido en cuenta criterios zootécnicos, de sanidad y bienestar animal, de protección del medio ambiente y de mejora de la calidad y sanidad de los productos.

Este Real Decreto clasifica en primer lugar las explotaciones avícolas de carne según su orientación productiva y su sistema de cría, en función de su sostenibilidad o autocontrol, y de su diferenciación, estableciendo las condiciones mínimas que deben reunir las explotaciones de carne en lo que respecta a las construcciones e instalaciones, a sus condiciones higiénico-sanitarias y de ubicación.

En sus disposiciones se recoge la obligatoriedad del registro de las explotaciones avícolas de carne y su inclusión en el Registro general de explotaciones ganaderas del MAPA (REGA), la identificación de los animales que salgan de la explotación, el mantenimiento de un libro de registro y las diversas obligaciones de los titulares de explotación.

Entre sus aspectos más novedosos destaca el concepto de 'bioseguridad', es decir, el conjunto de medidas sobre estructuras de la explotación y manejo de los animales, orientadas a proteger a las aves de la entrada y difusión de enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias en las explotaciones, lo que significa una mayor protección frente a problemas como la influenza aviar.

Igualmente se impone la obligatoriedad del control de la existencia de salmonela en las explotaciones, en consonancia con la actual y futura normativa comunitaria al respecto.

En lo que respecta al bienestar animal, se establecen las condiciones mínimas para las distintas especies, aunque con mayor extensión en gallos, gallinas y pollos, en consonancia con la normativa comunitaria en materia de bienestar de pollos 'broiler' que la Comisión Europea tiene la intención de publicar en breve, y se establece la necesidad de que los operarios en contacto con los animales estén adecuadamente formados en materias tan importantes como la 'bioseguridad' y el bienestar animal.

| 16/Sep/2005 15:07:13 (EUROPA PRESS) 09/16/15-07/05 "






  

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